Pues si, me parece demasiado contradictorio que esa famosa sentencia del 2010 del Tribunal Supremo (Entonces del ESTADO) nos garantizo un derecho, pero que el autonomia juridica que cada Comunidad (la Comunidad deberia ser "Inferior" al Estado como poder, no?) te impida ejercerlo, hay demasiado conflicto.
Por tu pregunta. Mira, yo deseo con todas mis fuerzas vivir en Barcelona, ya he vivido alli y hasta sigo empadronada en ese municipio, pero como no puedo arriesglarme y esa es la unica solucion hasta ahora, me vere obligada en ir buscar un piso en Badalona (que si parece que aun tenga registro), empadronarme alli, vivir alli, registrarme e iniciar los tramites para la tarjeta ya que mi novio es de Venezuela.
Lo que no tengo entendido, es precisamente lo que tu preguntas, es decir: una vez conseguida la tarjeta de familiar de comunitario, puedo mudarme a otro lado del pais, o de la misma comunidad, sin caer en situacion de irregularidad?
El problema se pone porque si estas empadronado en un municipio, se supone que vives alli; si te dieron el certificado de pareja de hecho, es justamente porque alli te empadronaste y alli resides.
Pero al conseguir la tarjeta de familiar de ciudadano comunitario, lo mas normal seria tener el derecho a desplazarse por todo el Pais, ya que el extracomunitario se ve cubierto por el regimen comunitario; Habria de entender si una normativa "supera" la otra, si hay cierta jerarquia entre las leyes, no se si me comprendes..
Conozco muchos españoles que siguen empadronados en donde nacieron pero viven y trabajan a otra ciudad, claro si no te das de baja nadie viene a controlar eso!
Pero en nuestra situacion, no se si la policia o alguien mas pueda efectuar controles sobre "las parejas de hecho" y al ver que ya no vives donde declaraste, caigas en situacion irregular o sea considerado "fraude". Sabras que con el tema de los inmigrantes cada detalle puede hacer que caigas en trampas sin darte cuenta.
Yo no quiero caer en situacion de irregularidad y mas porque si en dos años mi pareja quiere pedir nacionalidad, tiene que "portarse bien" y no nos podemos permitir errores "burocraticos".
Siendo abogada no se si tengas los medios y los "libros" para poder entender si por el solo hecho de mudarse a otro lado se pierda un derecho tan grande como la tarjeta de familiar de ciudadano comunitario .No se como funcione cuando se cruzan normativa, derecho civil, administrativo y tal.
Entiendo lo que comentas, pero entiendo tambien que la Admistracion no nos puede exiguir un requisito imposible de cumplir. Y que tambien hay ciertos principios que se deben respectar.
De cualquier forma, una pregunta... y si me empadrono en otro lugar, me iscribo en el Registro y luego solicito la tarjeta? Pero seguiria viendo en Barcelona, no me la podrian denegar por no vivir en donde estamos inscritos. No lo creo no? Pero me entran las dudas. :P
Queridas abogadas, si vosotras no llegais a entender, imaginad la pobre gente comun! Yo no soy abogada ni nada, lo que me empuja es, como muchas veces pasa, el interes personal, por lo cual tengo un año investigando todo lo que tiene que ver con las parejas de hecho y la tarjeta comunitaria, y gracias a la ayuda de internet, y de este foro donde hay muchisimo del tema, gracias a los conocimientos del amable señor "Condedecartagena", he podido aprender mucho.
Lo que he podido llegar a entender es que, cuando no haya registro de uniones civiles, para acreditar el propio estatus de "pareja", a los que que tengan nacionalidad española SI le basta unicamente con la escritura notarial, o tener un hijo comun, o haber estado conviviendo 2 años (esos los requisitos en Catalunya, donde yo mas he estado investigando).
PERO, cuando haya pareja extranjera, en este caso cuando uno del los dos o los dos son extracomunitarios, obviamente se entra en el tema de extranjeria; por lo cual, hay otras leyes o normativas que entran en juego y que deben respetarse.
Asì que, en el caso de la pareja arriba descrita,para que esta pueda iniciar los tramites para conseguir la tarjeta de familiar de ciudadano comunitario, hay ciertos requisitos; y de esos requisitos hace parte lo de estar inscrito en un Registro de Uniones civiles.
Espero que por lo menos habeis entendido CUAL es el problema. Si os armais de un poco de paciencia y buscais otros posts (mas arriba tambien), podeis encontrar muchas respuestas que os haran entender mejor lo que yo, humilmente y sin estudios de abogada, pude entender.
Lo que queda es empadronarse (entonces tener domicilio alli) en un pueblo que si tenga aun el registro de uniones civiles, pero no todo el mundo puede mudarse a otro lado de un dia al otro. De momento es la unica solucion que me parece valida.
Pero si que deberian arreglarlo con una nueva normativa, pero no se si se preocuparan de hacerlo nunca. Si cerraron el registro en Bcn fue por el alto numero de uniones fraduolentas, sobretodo de extranjeros que asi podian obtener papeles. Eliminar el registro fue, en mi opinion, justo para evitar que los extracomunitarios accediesen "tan facil" a tener papeles. No tienen ningun interes en arreglar la normativa para que siga siendo posible, pero aun espero que lo hagan.
Sí, es lo que voy a hacer yo, porque ya me han dicho que me lo inadmiten. No me querían ni admitir la documentación y después de pelearme con la funcionaria he conseguido que me abrieran expediente pero ya me han dicho que la solicitud queda inadmitida desde el inicio.
Y esto es lo que no entiendo porque aunque no esté inscrita en un registro público he acreditado que son pareja y conviven. No acabo de entender el porque de la inscripción y cuando les dices que no hay registro en ese municipio no te dan ninguna solución a no ser que sea el matrimonio.
No se como enfocar el tema y la verdad que me tiene angustiada.
Yo tambien soy abogada, y la verdad a mi tambien me insinuaron eso de casarme. Pero en mi caso, dudo que lo haga puesto que es una decisión que debe ser meditada y planificada.
Sabes yo tambien soy novata en este tema y a mi se me ocurre presentar la escritura pública y Si es denegada la solicitud, recurrir el acto.
Buenas tardes a todos!!!! El motivo de mi mensaje es intentar solucionar un problema con el que me he encontrado esta mañana en la delegación de extranjería de barcelona y que como soy novata no se por donde puedo tirar.
Tengo unos clientes (una chica holandesa y la pareja marroquí) los cuales han tramitado la solicitud de NIE por ser pareja y ella ser ciudadano de la unión. El caso es que están empadronados en Hospitalet de Llobregat y no hay registro de parejas de hecho y nos dijeron que con la escritura pública bastaba.
Cuando hemos llegado a extranjería nos han dicho que no es así y que se necesita la inscripción en el registro; al explicarles que no hay registro en Hospitalet me han contestado que se casen, pero claro y si no quieren? Qué culpa tiene el ciudadano que no haya registro en su municipio.
La cuestión es que no se que hacer para solucionar el tema y que el chico pueda tener la residencia por se pareja de una ciudadana de la unión.
En la Oficina de Extranjeria no escuchan razones y piden el Certificado de Registro. En el Ayuntamiento dicen que extranjeria no deberia pedirlo, debido a que ya no existe Registro.
No se si intentar y presentar todos los documentos que tengo, debido a que tienen la obligacion de aceptar mi solicitud y de ser denegada recurrir el acto administrativo.
Espero que Condecartagena, nos pueda ayudar y dar mas ideas.
Mabnd yo tambien estaria interesada en saber que te dicen. Yo soy comunitaria con pareja extracomunitaria y ninguno de los dos ahora se encuentra en España, pero en unos meses llegamos y la intencion era ir a Barcelona, solo que con eso que paso del registro nos arruinaron el plan.
Lo mas justo seria que ajustasen los requisitos para poder acceder igualmente a la tarjeta comunitaria, alli donde no hayan registros o se hayan suprimido, ya que es la normativa estatal que prevee y reconoce ese derecho. Solo que hay un conflicto porque cada Comunidad tiene sus normativas y no estan obligadas a tener registro de uniones civiles, y mas en Catalunya despues de unos cambios que han habido en codigo civil catalan.
Bebesita soy italiana como tu, si tu tambien tienes nuevas noticias por favor avisame, espero que todo cambie para bien y que todos los que seamos parejas de verdad podamos vivir felices en barcelona con las personas que amamos.
Hola mabnd. Yo llame al ayuntamiento y me dijeron lo mismo que te dijeron. Que como el registro estaba suprimido debian haber ajustado los requisitos para la tarjeta ya que tenia documento notariado. En extranjeria la respuestd fue pedir una cita y que los requisitos no habian cambiado porque son estatales y no municipales pero como por trabajo me encuentro fuera y mi pareja esta incapacitada para ir en este momento por enfermedad pues no he podido saber nada mas es por eso que estoy desesperada porque no puedo ausentarme del trabajo ni siquiera para ocuparme de ella y los honorarior de los medicos privados me es imposible. Te explico al igual que ustedes buscamos apartamento nos empadronamos fuimos al notario y cuando fuimos a inscribirnos nos dijeron que estaba suprimido el registro y desde alli empezo el calvario. Gracias por tu ayuda.
Una pregunta... quién te da las respuestas negativas? La oficina de extranjeros o el ayuntamiento? Y recuerdas el argumento, de esa manera mañana cuando pregunte voy preparada.
Hola mabnd. Mi pareja y yo nos encontramos en la misma situacion de vosotros. Yo te seria muy grata si me haces saber lo que puedas averiguar para la tarjeta de residencia de familiar no comunitario yo hare lo mismo. Hasta ahora he solo obtenido respuertas negativas pero sigo insistiendo porque estamos en una situcion precaria. Este llamado de ayuda lo extiendo a todas las personas que visitan este foro y mas que una peticion es un ruego ya que mi pareja se esta enfermando y no tiene ningun derecho a curarse por irregular. Mil gracias a quien pueda ayudarnos.
Lo que me comentas es bastante lógico. Por nuestra parte tenemos el contrato de alquiler a nombre de los dos, estamos empadronados en el mismo lugar, tenemos tb la escritura pública que acredita nuestra relación, testigos, y la verdad creo que lo podríamos probar con facilidad. Tenemos pasajes de avión de ambos para ir a visitar a nuestros padres (ninguno de los dos es español, yo soy peruana y el ingles), vaya... todo lo que una pareja que convive tiene. Y además nos encontramos en situación regular en España.
Ahora, como lo describe el formulario para solicitar la tarjeta de residencia de familiar no comunitario, en el caso de las parejas de hecho se pide el certificado emitido por el registro público de parejas hecho. En ese punto Espero que con la escritura y certificados de solteria sea posible.
Otro punto es que nosotros no llevamos viviendo juntos 2 años, en el registro de Barcelona no era necesario acreditarlo, y bastaba con la escritura notarial. Pero no se Si extranjera me pedirá que acredite un tiempo determinado. Y Si lo hace la verdad creo que no tendría fundamento legal. Pero quién sabe.
Una vez mas muchas gracias.
Y perdona por los errores, escribo desde el telefono.:)
Me temo que no sería posible por que en cada registro (aunque se podría ir mirando si es así) piden que "al menos uno de los miembros tenga su residencia habitual y esté empadronado en el municipio de..."
Ahora bien, la inscripción de parejas de hecho no es la única forma de probar la existencia de la relación por lo que sí que puede acudir a un notario para obtener lo que denominaríamos "Capitulaciones “paramatrimoniales”" o incluso presentar otras pruebas que acrediten la existencia de la relación: contratos privados, bancarios, de arrendamiento a nombre de los dos, el empadronamiento en el mismo domicilio, declaraciones de los testigos, copia del libro de familia en caso de que existan hijos comunes o mediante cualquier forma de prueba admitida en derecho.
De todas formas, quizás condedecrajena cuando pueda y teniendo más experiencia en este asunto nos podría facilitar más información tan detallada y de impecable calidad como siempre lo hace.
Gracias por responder, claro entiendo que debo inscribirme en el registro de Barcelona, que es en donde estamos empasronados. Pero ese es un supuesto imposible debido ha que ha sido cerrado por el ayuntamiento de Barcelona.
Ayer llame al ayuntamiento y me lo confirmaron, hq sido suprimido y ya no hay manera de inscribirse. Me comentaron que al no poder inscribe nos debería bastará con la escritura pública notarial para iniciar el tramite de residencia. Lo cual no veo muy claro, puesto que el requisito es estar inscrito. Es por eso que preguntaba Si era posible inscritos en otro registro, aunque no vivamos ahi.
mabnd
Tiene que inscribirse en el Registro de la localidad donde están empadronados, es decir, donde han vivido por el tiempo de 12 meses (o según lo que se requiera en el propio registro)
jeml28
En este link podrá ver todo lo que le interesa:
http://www.malaga.eu/opencms/opencms/aytomalaga/portal/menu/gestiones/fichagestiones?id=396
bebesita
Si ha caído en irregularidad ha de proceder desde 0, solicitar la residencia desde el principio. Si no concurren otras circunstancias, le sería aplicable el arraigo social.
Hola. Queria saber si una persona que en este momento este ilegal pero que por 3 anos consecutivos tuvo una permanencia legal tiene derecho a pedir nuevamente residencia y de ser asi que pasos debe seguir. Esta residencia anterior fue como estudiante. Gracias
hola soy venezolano y tengo 8 meses en españa vivo con mi novia desde hace 6 meses ella es malagueña y los dos estamos empadronados aqui.. quiero saber como hago para ser pareja de echo y poder tener la residencia para trabajar.. graciasss saludosss
Mi novio y yo cumplimos todos los requisitos para inscribirnos en el Registro de Parejas Estables y ya hemos tramitado todos los documentos aue se necesitan para la inscripcion.
Ambos estamos empadronados en Barcelona? Pero tengo entendido que el registro ha sido suspendido, podemos inscribirnos en otro Registro? o debemos estar empadronados en el Registro donde nos inscribiremos? No existe ninguna excepcion? Que podemos hacer ante esta situacion?
Querido condecartagena gracias por todas las respuestas, me asalta una duda si cerraron el registro de parejas de hechos de barcelona, que pasa con los documentos que ya se entregaron, esos aun siguen el proceso de registro o se entregaran los documentos a los dueños. Bueno es una gran pena que hayan retirado el registro de parejas de hecho, muchos nos veremos afectados por ello.