Muy buenas tardes, lo primero de todo gracias por las futuras respuestas que puedan darme. Ahí va mi consulta:
Conocí a mi novia el año pasado en verano cuando ella estaba estudiando en España, ella es de Corea del Sur y en septiembre planea volver sin visado de estudiante, por lo que solo podría quedarse legalmente durante 3 meses. Queremos registrarnos como pareja de hecho para que ella pueda quedarse indefinidamente a vivir aquí. Para más información vivo en el País Vasco y ya he estado mirando la normativa y hay varias cosas que no me han quedado claras:
1- Entiendo que en el País Vasco no hay un límite de tiempo en el que ella tiene que vivir conmigo para poder registrarnos como pareja de hecho. En los requisitos no aparece nada y no he encontrado nada en la ley.
2- En caso de poder registrarnos como tal y si por ejemplo me surgiese trabajo en otra comunidad autónoma, ¿Habría posibilidad de poder movernos durante lo que dure mi contrato a otra ciudad? ¿Habría algún problema con ello?
1.- Si la normativa autonómica del País Vasco prevé que la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de titularidad autonómica se mantenga no obstante que los interesados se cambien a otra Comunidad Autónoma, no hay problema en cuanto a eso. Muchas normativas reguladoras de Registros de Parejas de Hecho suelen prever que la cancelación de la inscripción se haga a solicitud de ambos interesados o de uno con notificación al otro.
2.- Si usted es ciudadano español, tiene pleno derecho a circular por todo el territorio de España y a establecer libremente su residencia en cualquier lugar del país y desde luego a trabajar. Ninguna autoridad estatal, autonómica o municipal puede adoptar medidas que disuadan o entorpezcan a los ciudadanos españoles de ejercer el derecho a la libre circulación y libre residencia en cualquier parte del territorio nacional. Y tal derecho, desde luego, implica el de hacerlo acompañado de los miembros de su familia.
3.- Si lo que desea es darle el derecho de residencia en régimen comunitario a su pareja, lo tendrá desde que se inscriba en el Registro Autonómico al que usted hace referencia y deberá solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia donde viva. Usted deberá aportar contrato de trabajo o documentos que prueben que es trabajador por cuenta propia. Una vez que ella tenga en su poder la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, podrá circular, residir y trabajar en cualquier lugar de España; la tarjeta es válida por 5 años.