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pared medianera

1 Comentarios
 
Pared medianera
24/10/2012 13:51
Es en Asturias. Hace algunos años la casa de mis padres en el pueblo al lado había un pequeño establo, el cual pertenecía a una familia del lugar. Se estaba callendo y cuando lo hizo tiró la pared medianera que unía el pequeño establo y la casa. Se produjo importantes daños en los cimientos de la casa, por lo cual se decidió demolerla. Al cabo de seis años el propietario del establo pidió al ayuntamiento terreno público y se puso en contacto conmigo para que le cediera unos metros de pared a lo cual yo me negé. Fuimos a un abogado para hacer un documento en el que se especificaba los metros que le correspondía de`pared. o resido en Madrid. Cual fu mi sorpresa que ha construido dentro de mi solar. He contratado ya dos bufetes. Han realizado mediciones en las cuales demuestra que me ha cogido terreno. Los abogados dicen que no se la van a tirar, ya que la casa está construida y que no voy a conseguir nada solo que me page los metros en función del valor catastral que no es nada y que el juicio son largos y muy caros y que no me vale la pena. Mi pregunta es: Si yo quiero construir porqué tengo que pagar la pared medianera que está en mi terreno. El último bufete de abogados lo contraté hace menos de dos años y me dijeron que solo podía reclamar los metros que había cogido. Pero qué pasa con los daños ocasionados. Alguien me podría asesorar .
perfil veo
24/10/2012 15:24
por una cuestión de orden, para facilitar la lectura, conviene que responda en el mismo hilo pulsando la tecla "Responder" que está bajo el texto y centrada, porque será mucho más difícil seguir el tema si abre un nuevo hilo en cada respuesta.
yo no soy abogado sino arquitecto y, cuando he dicho que le recomendaba cambiar de abogado, lo hacía a partir de los datos entonces disponibles.
si ya no existe establo, no veo necesidad de que la pared sea medianera y, salvo que usted haya pactado que se reconstruyera la pared de medianería en las condiciones anteriores, no veo el porqué de la persistencia de la medianería, y mucho menos el que usted haya de pagar la mitad del coste de su reconstrucción. En otras palabras, la pared era de medianería mientras existía, y, salvo que hayan pactado otra cosa, dejó de serlo con el derrumbe de los inmuebles que la compartían.
usted manifiesta que han realizado mediciones en las cuales demuestra que me ha cogido terreno, si eso es tan claramente demostrable como usted lo dice, ahí ha habido una invasión de su propiedad y, desde mi punto de vista y entendiendo que algunos abogados puedan tener otro punto de vista, usted ha de pedir la restauración de su propiedad. Nada debe de importarle si para ello hay que derribar una parte de la casa o toda la casa, porque de la invasión hay no solo un beneficiario sino unos responsables (todos aquellos que, con libertad de decisión para hacerlo o no hacerlo, han intervenido en la invasión a sabiendas).
lo primero que ha de hacer usted es ir al Ayuntamiento y pedir una copia de los planos del proyecto con el que se ha concedido la licencia y, a partir de ahí, además de comprobar si se adapta al solar y si éste estaba perfectamente definido por los restos del viejo muro de medianería, comprobar si lo ejecutado se corresponde con la licencia. Serán los abogados quienes, con ayuda de un técnico que interprete los planos y la intervención de cada agente, busquen la manera de demostrar que la invasión ha sido intencionada, con un beneficiario y unos colaboradores tan voluntarios como necesarios.
en esas condiciones, si la invasión es claramente demostrable y presumiblemente intencionada (aunque de la intervención de algunos agentes solo se deduzca falta del rigor debido), puede convencerse de que la sentencia será echar abajo la porción de casa que invade su parcela.
solo si se demuestra que el linde, aunque cierto, no era claramente identificable, y que tras contactar con usted permanecía no claramente definido, podrá el juez considerar no probada la intencionalidad y fijar una indemnización monetaria, e incluso en esa indemnización no solo se consideraría el precio de mercado (nada del valor catastral), sino también el valor cualitativo de la pérdida que pudiera producir en su solar.
lo que puede tener claro es que, con una demanda bien organizada y documentada, el vecino se apurará a llegar a un acuerdo extrajudiacial con una propuesta que usted podrá aceptar o rechazar, pero que sin duda tendrá más relación con el valor de la construcción que con el valor del suelo.
ya tiene mi opinión, que podría ampliar si aporta nuevos datos pero que solo es mi opinión, y mantengo que creo que, de ser precisos los datos en la medida en que usted lo manifiesta, esos abogados no ponen el adecuado interés en defender sus derechos.
No entro a valorar el coste de una demanda, si le compensa asumir el coste o si está dispuesta a consentir que el invasor se salga de rositas. Digo esto porque el coste de la demanda será superior al que pudiera corresponder por la cuantía del valor del suelo reclamado (no entra el valor de la construcción, porque si hubiera que demolerla sería una consecuencia ajena a la demanda), pero en todo caso sería poca cosa respecto a la cuantía de un acuerdo que, indudablemente, habría de pasar por que el invasor pagase los gastos en los que le ha hecho incurrir.