Hola, debido a los exorbitantes precios del mercado, estoy pensando en comprarme una parcela y contruir una vivienda de madera, pero me dicen que es mejor una vivienda portatil porque no sería legal.-
Por favor, me pueden decir que ley tengo que mirar y si alguien me puede dar un consejo o opinion.-
Muchas gracias
Claudio
Depende del municipio y del tipo de zona en la que quiera Ud. construir la vivienda, pero no creo que Ud. pueda resolver sus dudas consultando por sí mismo las leyes. Para dudas: abogadoesp@gmail.com
Tanto la vivienda de madera como la portatil, será legal o ilegal según cumplan o no las normas.
Debes comprar una parcela donde se pueda edificar (por tanto debe ser urbana, no rústica), debes pedir los permisos correspondientes y cumplir con lo que indique la licencia.
Si haces eso correctamente, da igual que sea de madera, portatil o de ladrillo.
Hola TN, gracias por la respuesta; pero si lees mi pregunta es que pretendo comprar una parcela rústica porque no tengo dinero para una urbana.-
Pero me he entereado que hay un tipo de viviendas que se pueden colocar en parcelas rusticas.-Solo necesito corroborar eso.-
Muchas gracias
No existe ningún tipo de vivienda (ni de madera, ni las llamadas movil home, etc...) que se puedan colocar en rústico. Para colocar esas viviendas, que supongo que son de las que te han hablado, se necesita igual una licencia, y al ser rústico, la regla general es que no te la den.
Por qué te piensas que te venden esa parcela que cuesta mucho menos que una urbana? pues porque no se puede ni edificar ni colocar ningún tipo de vivienda no por nada más.
Perdon, tener una licencia para poner una casa movil en mi parcela???, eso es lo mismo que pedir una licencia para poner una furgoneta o un coche.-
¿ En base a que legislación me decis eso?
Gracias
Pues sí, necesitas un licencia para colocar una casa móvil.
Es el típico "bulo" que corre por ahí, una casa móvil es como una roulotte y no requiere licencia PERO sí que se necesita licencia incluso para una roulotte, una licencia de instalación.
En las parcelas, sea urbana o sean rústicas, no se puede colocar lo que sea sin más, cualquier cosa que se instale debe tener la correspondiente licencia.
Todas las normativas urbanísticas indican los usos que se les pueden dar o no a las diferentes fincas, comrpruébalo en tu ayuntamiento y verás.
Olvidé copiarte lo que dice el Tribunal Supremo respecto a cuando se debe solicitar licencia: “todo acto de uso del suelo, incluida la instalación de casas prefabricadas e incluso de caravanas con carácter permanente en una parcela“.
Como ves, habla de las prefabricadas y de caravanas, las casa móviles estaría entre ambas.
si colocas una casa móvil sin servicios y la tienes unos días no tienes porque pedir licencia. lo mismo pasa con un coche en una parcela rústica: si metes un coche que utilizas , no pasa nada (salvo que sea protegida y esté prohibido el trafico rodado). pero si lo que quieres es convertir tu parcela en un aparcamiento, pues sí que necesitaras una liciencia.
si quieres tener una casa con luz, toma de agua, desagües (servicios todos ellos bastante necesarios para vivir en una casa), necesitas una licencia.
en cambio, puedes plantearte construir en una finca rústica pero tienes que cumplir varias condiciones (tamaño parcela, utilización como explotación agrícola, los requisitos varian en función de la comunidad, del tipo de parcela, etc).
TN tiene razón en todo lo que dice , no se puede actuar sobre el suelo son licencia.
No, Isabeld, aunque no tengas servicios en la casa móvil, se necesita la licencia, fíjate que se necesita licencia para cualquier uso según el TS " e incluso de caravanas con carácter permanente en una parcela"
Las autocaravanas, por ejemplo, no se pueden colocar en cualquier sitio, deben estar situadas en lugares concretos y sin licencia no se pueden colocar en ninguna parcela, sea rústicas o urbana. Y las casas móviles son autocaravanas pero más grandes.
Gracias TN, e Isabeld, o sea para entender bien, me compro una parcela y quiero poner un auto es necesario licencia, quiero sembrar patatas tengo que pedir licencia, quiero alambrarla tengo que pedir licencia, quiero poner unas plantas tengo que pedir licencia, quiero poner un tractor tengo que pedir licencia.-
Si podés me decis en donde puedo ver los fallos del TS en referencia a las atribuciones de los ayuntamientos.
Tambien me gustaria saber como tengo que pedir la ley en los ayuntamientos antes de meterme a comprar una parcela, porque quizas haya que pedir licencia hasta para respirar en mi parcela.-
Tambien me gustaria saber, si las habilitaciones están reglamentadas en los ayuntamiento, por ejemplo, si quiero instalar un vivero y no me dan licencia me gustaria saber que elementos legales tienen para negarme la instalacion del mismo, digo un vivero o como digo una guarderia de perros y gatos.-
Vamos a ver, las parcelas rústicas tienen un uso muy concreto según la ley, que básicamente se resumen en plantar y poco más (la definición es más compleja, pero viene a decir eso)
Para plantar, no necesitas licencia, pues la ley ya concede ese uso a las parcelas rústicas. Para tener un tractor no tienes que pedir licencia, pero siempre y cuando no lo dejes allí "plantado".
Ahora bien, si quieres vallarla o colocar un vivero, sí debes pedir licencia. Las de vallado no las deniegan nunca, salvo por temas medioambientales, pero debe tener la características que ellos te indiquen.
Cuando quieras comprar un determinada parcela, vas al Ayuntamiento y solicitas qué calificación tiene y preguntas las cosas que querrías hacer en ella, ya te dirán si debes pedir licencia o no.
Gracias TN, pero mi pregunta es como se llama la ley en la cual el ayuntamiento se rige para aprobar o desaprobar una licencia; porque si no estamos ante la dictadura del funcionario público que decide que pongo y que no pongo; como supuestamente, estamos en un estado de derecho los estados de derechos se rigen por leyes, ¿ como se llama la ley por la cual los ayuntamientos regulan la actividad de las fincas rústicas.-
Vamos a ver, la ley es la ley del suelo de tu comunidad (que debe cumplir con las directrices básicas de la ley estatal)
En la ley del suelo de tu comunidad se especifica los usos del suelo, rústico y urbano, y en los casos donde se puede o no construir, esa es la ley donde se basa tu Ayuntamiento.
Después, cada Ayuntamiento, a través de sus planes urbanísticos y demás (hay otros inferiores que complementan los PGOU), deciden qué tipo de suelo es cada uno y sus usos.
Como podrás ver por lo que te he dicho, se necesita licencia para cualquier uso del suelo, es decir, el Ayuntamiento te la pedirá cuando quieras hacer algo.
Después, el Ayuntamiento, tendrás sus ordenanzas municipales, en las urbanísticas regulan los temas de las licencias y su concesión, en la fiscales regulan el tema de las tasas a cobrar por ellas.