Buenas,
Tenemos una duda que espero que alguien sea capaz de aclarar.
Se trata de una parcela pequeña para la edificación de una edificación de bajo desarrollo.
El plano de zonificación pormenorizada delimita una parcela que no coincide exactamente con los limites de la propiedad, que es ligeramente más grande. De esta manera dentro de nuestra propiedad tenemos aproximadamente un 90% de parcela urbanística de bajo desarrollo, y el resto es de la parcela contigua, residencial abierta.
La cuestión es que el Ayuntamiento únicamente reconoce ese 90% para calcular la edificabilidad y no acepta el 10% restante pese a que se trata de un error Heredado de la parcelación catastral, y las preguntas son:
Puede un solar contener dos tipologías de parcela urbanística al mismo tiempo?
Puede delimitarse una parcela urbanística libremente sin tener en cuenta los limites de la propiedad?