Soy propietario de una parcela de 1200m (dentro del casco urbano)cuadrados en Cartagena (Murcia) mencionada parcela da a tres calles y en la cuarta calle hay viviendas construidas, he pedido permiso para contruir una vivienda y me lo han denegado por estar calificado el terreno como EG (equipamiento Generico) osea que puedo construir de todo menos una vivienda. ¿Es legal que en una misma manzana haya dos tipos de calificacion de terreno en la que no se puede construir vivienda y en la que si se puede? gracias