En mi casa de Sepúlveda(Segovia),tengo por vecino, una parcela llena de escombros y maleza.
Ultimamente, convivo con bichos y alimañas de toda especie y además, los escombros de una casa antigua, están empujando la tapia de mi casa.
He contactado contactado con uno de los propietarios y me dice que él no hace nada pues la propiedad es de varios herederos. ¿Qué hago, cuando además se da la circunstancia de que tengo una minusvalía del 78% que afecta a mi movilidad?.Un saludo. AMPARO
Gracias por contestar. ya me he dirigido a todos los "Organismos" posibles y la respuesta es : NINGUNA.
No obstante muchas gracias a todos por contestar.Saludos AMPARO
De conformidad con el artículo 9.1 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, "el derecho de propiedad de los terrenos, las instalaciones, construcciones y edificaciones, comprende, cualquiera que sea la situación en que se encuentren, los deberes de... conservarlos en las condiciones... de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato legalmente exigibles; así como realizar los trabajos de mejora y rehabilitación hasta donde alcance el deber legal de conservación".
Se trata de una obligación legal que deriva de nuestra legislación histórica y que también prevén las distintas Leyes de urbanismo autonómicas.
Pues bien, si, como plantea, este inmueble no se encuentra en las debidas condiciones de seguridad y salubridad, debería solicitar al Ayuntamiento la incoación de un expediente mediante el que se determinaran las actuaciones necesarias para que la finca se mantenga en las condiciones indicadas.
Para ello debería presentar un escrito en el que se justificara la situación del inmueble (mediante fotografías...) y los peligros para las personas y los bienes inherentes a esta situación, así como la normativa aplicable, que prevé la obligación del titular de conservar la finca en las debidas condiciones y del Ayuntamiento, en cuanto garante del interés público.
Asimismo, solicitaría una reunión con el propio Ayuntamiento en la que se pusiera de manifiesto la gravedad de la situación existente.
En caso de silencio municipal creo que no le quedaría otra alternativa que la vía judicial.
Expediente que, como he indicado, tendría por objeto determinar las actuaciones para mantener la finca en las debidas condiciones, y que finalizaría mediante la adopción de una orden de ejecución dirigida frente al titular de la finca.