Buenos días.
A ver si por aquí algún experto me puede acalarar dudas porque llevo frito internet y sólo me lío más...expongo la duda.
Estoy interesada en la compra de un chalet de 70m2 construidos (en 1966) y 2200m2 de parcela en Picassent (Valencia) y cuando hace unos meses fuí al ayuntamiento a informarme de la situación urbanística me dijeron que era SUELO URBANIZABLE NO PROGRAMADO o sea, lo peor, que me olvidara de cualquier tipo de licencia para mejoras en la vivienda e incluso me llegaron a decir que en el caso de que se derruyera una parte, legalmente no la podría arreglar...
Es una zona paralizada hace años, que no tiene plan de ordenación diseñado todavía y que va para largo.
Ante ese percal me olvidé completamente de la compra pero es que ahora resulta que consulto en catastro y me aparece como vivienda urbana en suelo rústico (hace unos meses no aparecía nada de rústico...)
La parcela tiene 2 referencias catastrales, la urbana y la rústica...y en el caso de que la parcela la hubieran recalificado como rústica, ya me empieza a interesar otra vez porque en las viviendas ya consolidadas en suelo rústico SI permiten legalmente hacer mejoras en lo existente, es decir, aunque nunca podría ampliar la casa, sí podría reformarla...
La duda es...es posible que unos terrenos catalogados como urbanizables si están mucho tiempo sin programar vuelvan a rústicos?
Como podría averiguar la situación concreta de la parcela? al ayuntamiento he ido muchas veces y siempre me dicen lo de urbanizable no programado...pero catastro dice otra cosa...
En fin, gracias de antemano y a ver si alguien controla un poco del tema y me puede ayudar.
Gracias!
Exíjale al vendedor, antes de efectuar la compra, que solicite y obtenga del ayuntamiento, certificado de prescripción urbanística, que podrá aportar al notario.
Olvídate de la descripción catastral, no tiene valor urbanístico ninguno pero sí tributarios.
La clasificación y calificación urbanística del suelo la establece el PGOU municipal, así que, para mayor seguridad, puedes solicitar en el ayuntamiento la expedición de la cédula de garantía urbanística.
Gracias por las respuestas.
Suponía que la descripción catastral no tenía valor urbanístico pero leí hace no mucho una noticia donde decían que el ayuntamiento de Valencia tenía la intención de hacer rústicos todos aquellos terrenos y parcelas catalogadas como urbanizables donde no había plan de ordenación previsto ni programado y de ahí me surgía la duda...
Respecto a lo que comentas de la cédula de garantía urbanística...ese documento que información proporciona?
Y otra cosa, por internet se puede acceder al PGOU de Picassent?
Gracias