hola,explico ...mi padre tiene una parcela indivisible comprada a medias con su cuñado,donde cada uno tiene su escritura de hace mas de 25años,y una sola casa edificada donde esta dividida la mitad de la casa(cada uno tiene 50m edificados)cada uno entra en su vivienda individual,el IBI a cada uno le biene a su nombre con el 50%.No existe zona de servidumbre en escritura..pero ellos entran por el lado donde esta la parte de casa que tiene mi padre cuya entrada es una rampa.
La cuestion es que mi padre quiere segregar para poderla adecuar a sus necesidades.....ya que tambien exinten problemas con el cuñado.El ayuntamiento dice que no se puede segregar ni vallar la mitad,que hay que aguantarse con lo que hay.....a parte de venderle la mitad al otro y quitarnos de ese problema...
Mi pregunta es.....hay alguna otra alternativa? ya que mi padre no quiere vender y el arquitecto del ayuntamiento nos pone pega
Pero aunque sea indivisible se puede solicitar la division comun ,aunque su cuñado no quiera?? con el certificado a que se refiere,al IBI? porque hace un año solicito mi padre el recibo al 50%,y el catastro se lo acepto.....segun el arquitecto del ayuntamiento ....el catastro no puede hacerlo,pero de hecho el catastro lo han concedido...presentemos toda la documentacion que requerian....puede ser un problema si el ayuntamiento se entera?? ya que en su momento se lo dijo mi padre a ellos y le dijeron que eso no se podia hacer y que iban ha hablar con el catastro.
El hecho de que sea indivisible es lo que hace que se haya de solicitar division de la cosa comun. El juez pedira certificado del Ayuntamiento conforme no se da licencia de division e informe arquitecto.
Yo trabajo en Catalunya y el derecho foral catalan, excepto que tengas el 75% de una finca es como el comun, se envia burofax, y posteriormente, mediante procurador y abogado se solicita la division de la cosa comun, sino hay acuerdo entre las partes sale a subasta y se dividen el dinero. Obviamente cualquier comunero tiene derecho de adquisicion preferente.