Buenas tardes a ver si alguien me saca de dudas,resulta que tengo una parcela de 1930 metros en el que esta construida una vivienda, pues bien la vivienda ocupa sobre 200 metros dentro de la parcela de 1930 metros pero lo anormal es que siendo una parcela tiene dos clasificaciones de suelo aproximadamente 550 metros urbano y el resto rustico y para mas diversion ocurre lo mismo en los lindes del pueblo estoy hablando de un terreno de los años 30 del siglo pasado
gracias de antemano
supongo que con lo de los años 30 del siglo pasado no se refiere al terreno, salvo que sea un terreno ganado al mar, o a un lago, con relleno
pues el caso no es inhabitual, porque en algún lugar hay que poner la línea que delimita el suelo urbano ... y es bastante frecuente que se tome una dimensión "fondo" desde la alineación de calle, una dimensión que debiera corresponderse con la adecuada para construir en ella la tipología de edificación que para esa zona está prevista en el planeamiento
La parte de la parcela que es rustica me la quiere comprar el ayuntamiento habria alguna formula que para que yo pudiese poner una clausula en el que si en algun momento la hacen urbana se me tendria que revertir ya que ahora al ser rustica casi no pagan
gracias
no
si usted vende, es ajeno al futuro de la parcela
distinto sería si se la expropian, ya que previamente habría de ser declarada la utilidad pública del destino de la parcela, y cualquier cambio de destino le daría derecho a recuperar la propiedad
no parece honesto y legítimo que el ayuntamiento reclasifique una parcela inmediatamente después de adquirirla como rústica. Pero como impresentables en política hay en abundancia, piense bien su voto en las elecciones que se aproximan