Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Parcela con calle urbanizada

14 Comentarios
 
Parcela con calle urbanizada
12/10/2009 10:31
Pueblo de Toledo, con POM en tramitación y aplicación de Normas Subsidirarias provinciales.
Tengo una parcela rectangular de 8.000 metros cuadradados. Hace esquina.
Una de las calles está urbanizada, que pagué hace mas de 25 años. Mi parcela limita 120 metros con esta calle y al otro lado de la calle hay 10 casas construídas desde hace mas de 50 años.
La otra calle, con la que mi parcela limita 70 metros, no está asfaltada, pero el Ayuntamiento ya ha presentado un proyecto de urbanización que sería costeada por el vecinos y el Ayuntamiento mediante Contribuciones Especiales.
El Ayuntamiento dice, en el POM que aún no está aprobado, que todo es urbano no consolidado.
Pregunta: ¿qué podríamos hacer antes de aprobarse el POM para que toda la parcela fuera urbano consolidado?
¿Creéis que podríamos solicitar que fuera urbano consolidado los 120 metros que limitan con la calle urbanizada por un fondo de 15 ó 20 metros?
¿Creéis que pordríamos solicitar que fuera urbano consolidado los 70 metros que limitan con la calle no urbanizada y dejando como no consolidado el fondo de cada una de las calles?
Muchas gracias.
14/10/2009 13:21
A mi modo de ver, esa parcela y su entorno cuentan con todos los servicios (acceso rodado, en los 120 metro, luz electrica, abastecimiento y evacuación de aguas) precisos para contar con la clasificacion de suelo urbano consolidado, lo único que faltarria serái obras accesorias, pero nunca obras para ser entendido como suelo urbano consolidado.

Saludos
14/10/2009 14:43
Para ser urbano consolidado además de lo que dice jecg, la calle ha de estar pavimentada con encintado de aceras, disponer de alumbrado público y el abastecimiento de agua y el alcantarillado debe ser el adecuado para servir a las construcciónes que existan o puedan construirse en un futuro.

Puedes alegar lo que dices, pero sin reunir esos requisitos ni el POM ni ningún tribunal, si quieres ir por la vía jurisdiccional, lo considerará urbano consolidado.
14/10/2009 18:23
Concretando un poco mas lo que dice alga, la sentencia del TS de fecha de 28 de 2009, establece lo que debe entenderse por suelo urbano:

" tienen su límite en el suelo urbano, pues necesariamente ha de reconocerse esa categoría a los terrenos que hallándose en la malla urbana, por haber llegado a ellos la acción urbanizadora, dispongan de servicios urbanísticos (acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica) con las características adecuadas para servir a la edificación que sobre ellos exista o se haya de construir, o se hallen comprendidos en áreas consolidadas por la edificación, salvo que la existencia de tales servicios o la consolidación de la edificación hayan tenido su origen en infracciones urbanísticas y aun le sea posible a la Administración imponer las medidas de restauración del orden urbanístico infringido". Doctrina ratificada por la posterior STS de 27 de abril de 2004 ( RJ 2004, 3196)" .

Espero que te sirva

Un saludo
14/10/2009 19:05
Esta sentencia no contradice en nada la opinión de Alga.

Saludos,
14/10/2009 19:10
franciscocordon, porque le defiendes si es que nadie le está atacando. No entiendo tu comentario, franciscocordon. Tu sabrás, alga y yo estamos contestando lo mejor posible a la persona que tiene un problema o duda, y tu que aportas?
14/10/2009 19:27
Yo no defiendo a Alga. Vuelvo a decirle al Sr./a. Hervest que si quiere arreglar el tema debe atender al primer comentario de Alga, por acertado, en el mismo sentido afirmo que la Sentencia de 28 de algún mes de 2009 no dice nada que contradiga a lo que quedó dicho en el 3er comentario del hilo y que efectuó Alga.
14/10/2009 19:48
Qué credibilidad tiene Ud para que le hagan caso en que lo correcto es lo que dice alga (que también lo creo, además de mis apostillas) y no lo que dice la sentencia del Tribunal Supremo? Aunque tamnien entiendo que como ingeniero no tiene Ud. porque entender las precisiones jurídicias de una sentencia, como lo que hace la misma del año 2004 y la linea doctrinal que ha seguido en este aspecto hasta hace bien poco años.
14/10/2009 20:21
Sus apostillas en el segundo comentario del hilo han sido que eso son obras menores hasta conseguir la consolidación como urbano consolidado y yo no estoy de acuerdo.

Hasta que eso sea urbano habrá que hacer lo que indica Alga, y eso puede dar lugar a obras menores o mayores en función de como estén los servicios en la zona, el acerado, el alumbrado público. Puede que hasta sea necesario reserva suelo para transformadores, zanjear y meter tubos, etcétera.

Aprovecho para ofrecer mis servicios en tanto que Perito de Parte y Perito Judicial en las listas correspondientes, de todos aquellos casos en que se solicite con suficientes argumentos Responsabilidad Patrimonial del Ayto. por una urbanización mal hecha y las subsiguientes licencias y autorizaciones mal otorgadas.

Saludos,
14/10/2009 23:16
Primero, gracias por ofrecer tus servicios y no te queda duda de que en contacto estaremos para que me preste los servicios profesionales.
Segundo, creo que estás en un error, yo dije que eran obras accesorias contando con que los suelos ya son consolidados y no obras menos para conseguir su consolidacion
Tercero creo que entre hay una diferencia entre lo publico y lo privado, esto es, el alumbrado público puede no tener relación con el suministro de energia electrica.
Y por favor, que esto se convierta en un debate o discusión constructiva
Es siempre un placer poder debatir con gente que sabe como Ud. y como alga. Ojala pudieramos debatir mas en estos foros y poder, como no, tambien poder comunicarnos.
Un saludo a los dos
15/10/2009 09:00
Cierto jecg,

Al foro se viene a intentar aportar soluciones a los problemas de quien viene a demandar ayuda, expresamos nuestros criterios desde la mas absoluta libertad, al menos yo, como creo que tú, así como muchos otros compañeros y compañeras con intervenciones cada vez mas aisladas o las de otros u otras que, desafortunadamente para el foro, han optado por dejar de intervenir absolutamente como consecuencia de las extemporáneas intervenciones de Francisco. Continúa interviniendo como hasta ahora, pero por favor, no entres al trapo de las provocaciones de nadie.

Aún por otras razones, lo mismo te digo a ti Francisco, continúa así por favor, si no lo hicieses creo que encontraría a faltar mucho tus respuestas sobre lo que son las churras, cuando de lo que estamos hablando es de merinas.

Bueno....... y no digamos cuando, sabiamente, después de tus muy sesudas disertaciones sobre el significado de los conceptos urbanísticos, aconsejas que vayan a un abogado o se acerquen por el ayuntamiento para formular la pregunta al Excmo. de turno.
15/10/2009 09:17
Jecg, el placer es mutuo.

Saludos,
15/10/2009 09:39
Ahora seré yo el culpable de que el urbanismo sea un lío.

Nuestra confusión nacional en materia urbanística ha sido promocionada durante años por nuestra administración y no es que lo diga yo, lo dicen informes de la Comunidad Europea.

El urbanismo, entra en colisión (y algunos se olvidan) con normativa sectorial en materia de aguas, normativa sectorial en materia de industria, energía y minas, normativa en materia de prevención de riesgos laborales y multitud de normas básicas de nuestro ordenamiento jurídico como el código civil.

En el urbanismo español está claro que a unos nos toca hacer disertaciones sesudas y a otros les toca ir de listos.

Aprovecho también para ofrecer mis servicios en contacto con un gran Ingeniero de Caminos en urbanizaciones que se inundan debido a otras obras recientes de las distintas Administraciones o incluso en urbanizaciones mal hechas que se inundan desde siempre y no se debieron permitir a la vista de la normativa en materia de aguas.

Saludos,
15/10/2009 10:27
De cualquier manera, gracias a los dos estas intervenciones. Me gustaria tener vuestro correo electrónico para poder comunicarme con vosotros, si cabe de una manera más profesional, si así se demanda. Espero no haber sido impertinente no es mi intención.
Saludos
15/10/2009 15:28
Perdón señores, el urbanismo es una ciencia compleja pero no más que la ingenieria, la física o la química o dentro del derecho de cualquier rama. Es una ley que toca temás técnicos y para profanos la hace más complicada quizás pero nada más y para esto estamos los técnicos para resolver problemas. Somos hijos casi todos de la ley del 56 (excepto alguna comunidad autonoma excesivamente innovadora) una ley que a demostrado sus valores y eficacia. Qué cada Comunidad Autónoma tenga una legislación distinta es una circunstancia -que no un problema- de nuestro sistema constitucional.