CLiente que recibe providencia de apremio por una sanción covid que NUNCA ha recibido previamente. Esto es, no ha recibido la propuesta de resolución y demás para poder presentar alegaciones.
Sin duda solicitaré nulidad del procedimiento administrativo por indefensión.
Pero, siempre mi duda es, la providencia sigue adelante? procederan al embargo de cuentas? puedo recurrir la providencia y entonces no continua a embargo?
En situaciones como esta, es crucial actuar con prontitud y seguir los pasos adecuados para proteger tus derechos legales. La providencia de apremio es una medida que generalmente precede al embargo de cuentas u otros bienes, por lo que es comprensible que quieras tomar medidas para detener este proceso, especialmente si nunca recibiste previamente la notificación de la sanción.
Primero, es importante que presentes una solicitud de nulidad del procedimiento administrativo por indefensión. Esto puede ser un argumento sólido, ya que no te han dado la oportunidad de presentar alegaciones o defender tu caso antes de recibir la providencia de apremio.
Mientras tanto, puedes recurrir la providencia de apremio. Esto puede detener temporalmente el proceso de embargo mientras se resuelve el recurso. Sin embargo, ten en cuenta que la presentación del recurso no garantiza automáticamente que se detenga el proceso de embargo. Dependerá de la decisión de la autoridad competente.
Te recomendaría que consultes con un abogado especializado en derecho administrativo o en derecho fiscal para obtener asesoramiento específico sobre tu caso. Ellos podrán orientarte sobre los pasos a seguir y ayudarte a preparar los recursos necesarios para proteger tus intereses.