el instar la declaracion de herederos judicial NO paraliza ningun tramite del Imp. Sucesiones, esto esta totalmente claro, lo que si que se podia haber hecho es solicitar prorroga antes de finalizar el 5º mes, y aunque esto suceda le pondran intereses por presentación fuera de plazo si pasan 6 meses desde el fallecimiento del causante, algunos abogados, sin animo de ofender, no son muy especielistas en derecho fiscal-impuestos. salvo mejor opinion.
la procuradora y el abogado que nos han llevado los trámites, nos dijeron que el plazo quedaba paralizado. Y nos hicimos caso de ellos porque nos pareció lógico ya que te pide declaración de herederos para realizar los pagos o desbloquear las cuentas. En el Juzgado han tardado mucho en resolverlo. MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACIÓN.
No, no se paraliza el plazo para pagar el impuesto de sucesiones. Si está tramitando la declaración de herederos, tiene la opción, mientras se obtiene tal declaración, de solicitar una prórroga, lo que debe hacerse antes de que transcurra el quinto mes desde el fallecimiento.
Otra opción sería, si saben quiénes son los herederos y los bienes dejados por el causante, realizar una instancia privada y pagar el Impuesto; para posteriormente, una vez se haya obtenido la declaración y realizado adjudicación y aceptación de herencia, pasarlo otra vez por hacienda (sin que tenga, lógicamente, que pagar cantidad alguna).
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el art. 69 de la ley de impuesto de sucesiones dice que se interrumpe por litigio o juicio voluntario de testamentaría. ¿la petición del acta de declaración de herederos es un juicio voluntario de testamentaría?
¿se paraliza el plazo de pagar el impuesto de sucesiones hasta tener la declaración de herederos? Acogiéndose al artículo 69 de la ley de este impuesto. Es decir, los seis meses del primer periodo voluntario empezarían a contar desde la fecha de la resolución de la declaración de herederos.