Entiendo lo que me quieres decir, pero debe ser que yo no me he expresado bien porque no es ese el caso. El constructor ha levantado tres plantas de sotano y la planta baja del edificio con un proyecto no visado por el ayuntamiento puesto que se encuentra en tramite. Para que la licencia sea otorgada es preceptivo el informe favorable de la CIPHAN que por tercera vez el 27 de mayo informo desfavorablemente pues el constructor no solo no se ajustaba a las propuestas de la Comision sino que ademas falseaba la realidad existente en la documentacion aportada. No es que haya construido demas, sino que estaba construyendo un edificio que no podia ser aprobado porque contravenia en muchos aspectos las propuestas de la CIPHAN, las cuales ni podran ni seran en palabras del tecnico municipal motivadas en contra por la Junta Municipal. El PGOU es una ley basica de caracter general, de ahi que la propia ley se remita como paso preceptivo para la concesion de una licencia a los criterios de la CiPHAN, otorgandole a esta Comision un papel de mayor o menor preponderancia en funcion de la norma zonal a aplicar, pero en cualquier caso al objeto de que se respeten las condiciones urbanisticas y esteticas de cada zona, y que se construya en consonancia y no atentando a la calidad paisajistica del entorno,
No has leido con detenimiento mis mensajes BORFE, en ningún momento he dicho que no verias paralizadas esas obras.
Lo que sí afirmo es que cualquier construcción cuyo exceso construído con respecto a la licencia concedida, pero que sea susceptible de legalización en razón a que ese mayor volumen está permitido en el Plan General y a su vez el promotor inicia expediente de legalización solictando la preceptiva licencia, no debe paralizarse.
Ahora el Ayuntamiento ha paralizado y precintado las obras, muy bien, ahora serán los tribunales los que determinen quien tiene razón y si finalmente entienden que la tiene el promotor, (no estoy afirmando que la tenga) o consideran que su paralización es antijurídica por desproporcionada, alguien tendra que indemnizar al promotor por los perjuicios causados durante el tiempo que dure tal paralización, nada mas.
Sin embargo si no es susceptible de legalización el exceso construído, lo normal es que se le condene a restaurar la legalidad infringida y se le imponga una sanción.
Por fin el ayuntamiento se ha decidido a precintar las obras de la calle general ricardos número 4, por lo que tanto hemos luchado. Debió de ser hace unos meses pero bueno, la cuestión es que se precintaron el 13 de junio. Mucha gente nos decía que nunca las veríamos paralizadas, como por ejemplo el señor PAC en algun otro post donde yo solicitaba ayuda. Pero nosotros teníamos razón y recurrimos a todas las intancias habidas y por haber para que este caso no quedara impune. Espero que la constructora sea sancionada adecuadamente por estar ejecutando unas obras ilicitas hasta el ultimo día del precinto. La licencia la obtendran más tarde o más temprano. Nosotros respetamos su derecho a construir lo que permita la ley en esos terrenos, pero no a que se incumpla la misma descaradamente. Gracias a Dios hay una Comisión que vela por en el entorno urbano más allá de una ley general, como es el PGOU, que no toma en consíderación las particularidades de cada barrio y de cada manzana.