Hola, sobre lo que comentais del indulto tengo una duda. En mi caso, tengo una condena de dos años de prisión que se computaba por hacer un pago inicial de 1.200 por el tema civil y se me notifica que en el plazo de 8 meses he de pagar x cantidades pero que todavía no están asignadas. Al no realizar el pago, la juez da orden para mi entrada en prisión, da la casualidad que estoy fuera de la ciudad y no me han detenido todavía. Le digo a mi abogada que pague la responsabilidad civil y lo hace y que solicite indulto parcial, está claro que me lo denegarán pero mientras tanto se supone que debo ganar tiempo para poder pagar y por otro lado solicito que sea parcial pues mi intención es pagar y solicito unos plazos para hacerlo. La juez lo mira y pide más documentación, esto en dos días y cuando se da la documentación va a fiscalía pero, sigo tras más de dos meses a pesar que el juzgado ha reclamado dicha documentación y por lo tanto que se pronuncie el fscal esperando que así sea; EL FISCAL NO SE HA PRONUNCIADO DESPUES DE DOS MESES. Intento saber cual es el plazo ranozable para esto pero todo es muy ambigüo y sigo esperando. Agradecería un poco de orientación porque estoy muy perdida con todo esto. ¿De cuanto tiempo dispone un fiscal para resolver en esto?...no hay investigación ni nada por medio como en la causa. ¿Qué más puedo hacer?
Me alegro que haya salido bien.
La secre te dijo lo correcto; el camino para llegar a ellos ha de pasar por decanato; otra cosa es que por motivo de urgencia se le acompañe una copia en determinadas ocasiones de lo presentado en decanato.
Las tramitaciones suelen estar algo por encima del año, pero de todas formas no os confieis por que ese plazo pasa volando.
Acabo de volver del juzgado y al final no le han quitado el carnet hasta la resolucion del indulto! A si que hemos ganado tiempo, segun la secretaria unos 8 meses.
Mañana entonces le solicitarán el carnet por que hace unos dias no lo habian recibido.
El juez entonces, como comentas, valorará si suspende o no. La verdad es que el indulto parcial solicitado será nulo (creo que ese es el significado de ilosoria) si se aplica la pena...
Una preguntilla más y siento abusar de vuestra ayuda!
La secretaria nos dijo que el indulto lo mandan desde el decanato y rechazó que le entregaramos la copia sellada que nos dieron en el ministerio de justicia además de el texto solicitando la suspension mientras se resolvia el indulto. Mañana tenemos que entregarlo si o sí para que el juez pueda valorar el tema no??
Como os dijo la secre, la suspensión y el cumplimiento parcial no están previstos en la ley; alguna audiencia admite el cumplimiento parcial, en determinados casos, pero son minoría.
Lo que sí está previsto en la ley es la suspensión de la pena durante la tramitación del indulto, pero no es automática... la ley dice que el juez podrá "suspender la ejecución de la pena, mientras no se resuelva sobre el indulto cuando, de ser ejecutada la sentencia, la finalidad de éste pudiera resultar ilusoria". (art. 4 CP).
Se ha de solicitar el indulto, y acreditar dicha solicitud (copia sellada) ante el Juzgado de ejecutorias interesando la suspensión, conforme al artículo citado. El juez deberá resolver de forma motivada, y su decisión podrá ser recurrida ante la Audiencia.
Resumiendo, es a criterio del juez, valorando las circunstancias, así como a criterio de las audiencias provinciales, pudiendo tener estas opiniones distintas.
Nada impide que le devuelvan el carnet, una vez iniciado el cumplimiento, si se acuerda la suspensión. Aunque sin duda lo mejor sería no haberlo entregado (el inicio de la ejecución supone un papeleo adicional considerable).
Me ha surgido una nueva dudilla, ¿Si le quitasen el carnet, y luego lo envia el decanato al juzgado se lo peuden devolver hasta la resolucion del indulto?
Ante todo, daros las gracias y la enhorabuena por este portal tan útil y amravilloso, ya que ayudais muchisimo a todo el mundo.
Mi caso es el siguiente:
El 18 de Mayo hicieron un control de alcoholemia a mi padre dando 0.61 y 0.65, fue todo por juicio rápido, y aceptando culpabilidad le impusieron una pena de 8 meses de retirada de carnet mas la multa economica.
Entonces el juicio paso al juzgado de alcala para la ejecutoria. Mi padre trabaja con el coche y es indispensable su utilizacion para la realizacion de su trabajo, ya que trasnsporta gran cantidad de material y ademas no trabaja con compañero que pueda conducir.
Por este motivo adjuntamos una solicitud de suspension o retirada en meses de vacaciones y fines de semana. Y además hicimos una solicitud de indulto parcial, incluyendo todo el papeleo que demuetsra que mi padre es el sustentador de la unidad familiar, dado que mi madre esta jubilada.
Mañana día 30 es la fecha apra la ejecutoria en el juzgado de Alcalá, y se supone que tienen ya que pagar la multa y hacer entrega del carnet de conducir.
Ayer fuimos mi madre y yo al juzgado, y la secretaria judicial que lleva el caso nos comentó que habia rechazado la suspension por no venir recogida en el codigo Penal. Y que el indulto lo mandarian del decanato.
Tras leer mucho por vuestros foros y encontrar un caso similar, vi que cuando hay una solicitud de indulto se debe paralizar la Pena hasta su resolucion, sabemos que el indulto lo mas posible es que no prospere y que se lo acaben quitando igual. pero necesitamos ganar tiempo dado que las cosas estan muy mal en su trabajo y anda como loco buscando otro empleo, pero actualmente no puede quedarse sin trabajo puesto que le pagan una mierda de salario base y lo demas se lo pagaban en negro, asi que esta como loco buscando algo y yendo a entrevistas mientras mantiene su trabajo.
Segun he leido por aqui se debe paralizar la pena hasta la resolucion ¿? es esto cierto en todos los casos?
Lo que estamos ya viendo es que mañana le van a solicitar el carnet y no sabemos si realmente nosotros o el abogado podemos hacer algo para que se paralice el tema y estamos realmente preocupados, me esta quitando la vida....
¿La secretaria judicial ha de paralizar la pena aunque solo sea en el apartado de la retirada?, ya que el pago de la multa se va a hacer, o por el contrario se lo van a retirar. Se peude solicitar por escrito la paralizacion de la pena por el indulto, y en caso positivo, se tendria que entregar alli mismo a la secretaria judicial?
Muchas gracias por todo, por leer ante todo el tocho que os he expuesto, y por la ayuda que nos proporcionais!