Compañero, tengo una duda referente a los conciertos de las universidades con las empresas referente a los pagos que se realizan a los alumnos.
Es decir, las cantidades que se le entregan a los alumnos (que no son prestaciones de trabajo, sino prácticas) deben o no tener retención para el IRPF.
De ser positivo, te agradecería me indicases en que norma está contemplado (yo la he buscado y no la encuentro) o si ha sido bajo una consulta vinculante, ya que otro compañero me asegura un 2%, cuando yo entiendo que responde a una compensación por gastos.
Un saludo.