"Los verdaderos responsables no son los Jueces con sus Sentencias, sino los progenitores"
Eso, amigo Fernando, es pasarnos gratuitamente la "bola" de la total responsabilidad a los padres; dicho sea con todos los respetos.
Basta conque un progenitor no quiera entrar en razón -por conveniencias obvias en muchos casos- para que el otro y los inocentes niños paguen las consecuencias.
Para empezar, que los jueces dejen a los progenitores en paz con sus conflictos y no llegará la sangre al río. Estoy seguro de que, en la mayoría de los casos, los conflictos los resolverían esos progenitores que tú dices entre ellos mismos. ¡¡Pero claro, para eso es preciso que ambos estén en igualdad de condiciones!! Porque, desde el momento en que a uno le quitan los hijos (y todo lo demás) y se lo dan al otro (a las madres) Y el que nada tiene, al que se lo quitan todo, le imponen una pensión "para alimentos del menor" (cuentas quisiera echar yo de en qué se va el dinero de las pensiones), ya me dirás, ante este discriminatorio panorama qué van a hacer los padres varones. Y las madres ¿van a concederla custodia compartida? ¡¡NOOOOOOO!! ¡¡Cómo van a sacrificar la pensión y esa vida de lujo, sin tener que pagar ni alquiler por el piso!! (Que me perdonen las madres honestas; pero ésas, si poseen la custodia en exclusiva, me consta que no será por dinero, y que se la habrán ofrecido al padre).
Tú como abogado sabes mejor que nadie cómo está la cuestión. Y te consta que es aberrante y bochornosa. Ni hay justicia, ni decencia, ni derechos, ni democracia, ni nada.
Empecemos por NO USURPAR por decreto ni por Ley el sacrosanto derecho a la igualdad; premisa básica, verdadera prueba del algodón, para las democracias. Luego, con la igualdad restablecida, la discriminación desaparece (otro derecho básico y constitucional), y, "muerto el perro (y desaparecidas las pensiones, y aguantando cada palo su vela) se acabó la rabia".
A partir de ahí, sí que te admito que en los conflictos de familia, los responsables son los progenitores.
PODRIAS FACILITARNOS MAS DATOS !!
Sentencia de la AP y de 1ª Instancia ......
miguel_arm187@hotmail.com
Muchisimas gracias.
PD. cuanto supondria tu minuta por una modificacion de medidas en este sentido.??
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Fernando
A mi se me ha dado un caso muy particular del Juzgado de primera Instancia de Cádiz y posteriormente ratificada por la AP de Cádiz, en la que se concedía a un padre el derecho a reducir la pensión de alimentos porporcionalmente al tiempo vacacional que pasaba con el progenitor no custodio (padre). Ahora mi cliente me pide modificación de medidas por gastos extraordinarios y que no se disminuya la pensión. Bajo mi criterio cuando se fija una pensión de alimentos se hace un cálculo anual y se fracciona por meses por cuestiones de economía doméstica, pero está claro que la obligación es de todos los meses y que el cuidado diario de los menores también es pensión de alimentos. Entiendo que para el que tiene que pagar es dificil de entender, pero la característica en familia es que no es fácil saber qué es lo mejor para los menores. Los verdaderos responsables no son los Jueces con sus Sentencias, sino los progenitores. Un saludo.
Me serìa de ayuda FERNANDO, que me especificaras si en tu caso la pension la decretó el juez de instancia, tras una separacion CONTENCIOSA, o por aprovacion de Convenio Regulador propuesto por los conyuges en un MUTUO ACUERDO. Creo que la decisión judicial podrìa variar segun el caso