Hola, hace 3 años y medio que vivo en un piso de alquiler, pago 700 €, siempre he pagado puntual. Mi casero me pidió que no me empadronara y así él podía desgravarse como primera vivienda la casa en la que vivo y yo me podía empadronar en el que está viviendo él. Nunca me empadroné ni en uno ni en el otro porque no me sentía cómoda haciéndolo así.
El caso es que al comentarle de regularizarlo me dice que eso supone unos 2500 € de pérdidas para él. Me pide subir el alquiler a 910 €, para cubrir esos gastos. Ahora mismo nos viene fatal, somos dos autonomos y hemos estado sin trabajar con el tema Covid, la situación actual es muy inestable.
Yo le he pedido que se espere a enero (hasta marzo no cumple el contrato) y veremos cómo está la situación después de esta crisis. Pero quiere hacer contrato nuevo ya, aunque pague los 700 hasta final de año.
Aunque moralmente la actitud del casero no es buena, sin embargo el casero puede quere una subida del precio del alquiler si quiere.
Yo creo que ud. puede permanecer en esa vivienda un año completo mas. Tendría que leer el contrato para poder estar totalmente seguro, pero yo creo que casi seguro que puede hasta que termine esta anualidad. Y no puede subirle el precio ahora. Tendrá que esperar a que finalice el contrato para poder subirselo.
Quizas lo mejor que puede hacer es ir buscando otro piso y marcharse o bien aceptar la subida cuando venza el año (si bien es posible que el casero le fuerce a ud a aceptarla ya). Es una cuestión de negociación.
Coincido con la intachable -como es habitual- respuesta de Leonjbr:
Si lleva usted tres años y medio en el piso su contrato es anterior a la reforma de la LAU de marzo de 2019 y muy posiblemente -casi casi con seguridad- según el texto del art. 10 vigente en esa fecha es un "tres mas uno": tiene usted contrato hasta que se cumpla esta cuarta anualidad.
Peor eso si, como también dice Leonjbr, una vez cumplida, el casero puede pedir la renta que le convenga, porque un contrato es un acuerdo de dos voluntades. Aproveche estos meses para intentar negociar, y haga valer que siempre ha pagado con puntualidad (si es el caso, que supongo que si) porque eso es al fin y la cabo lo que mas interesa a los caseros.
Segun lo que cuenta su arrendamiento se rige por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilizacion y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
En cuanto a la subida del alquiler, por un lado esta la actualización de la misma en base al ipc siempre segun lo pactado,y por otro lado la subida del alquiler por discrección del arrendador.
En cuanto a la actualización de la renta el articulo 18 de la LAU lo establece claramente “Durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, no se aplicará actualización de rentas a los contratos.”
Estas subidas o/y actualizaciones por tanto solo pueden darse al finalizar el contrato, o segun su caso, al finalizar la prorroga anual del mismo.
Otra cuestión que creo que es lo que a usted le interesa ahora mismo: Si Usted quiere "regularizar" su situación para empadronarse en el domicilio,puede hacerlo y su arrendador no puede impedirselo ni debe negarse a facilitarle documentos necesarios para ello,pues es el ejercicio de derecho civil que usted posee por el mero hecho de fomalizar un contrato de arrendamiento de vivienda.
El arrendador en ningun caso puede ponerle condiciones al respecto , lo contrario podria constituir un delito de coacciones si se dan ciertos elementos(.Ello sin contar que usted no sea persona vulnerable.)