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Para Creyes y Ecodina y todos

3 Comentarios
 
07/05/2003 13:52
Me alegro de que mis intervenciones sirvan para aportar algo ya que la mayoria de las veces es para preguntar dudas. Espero algun día tener el nivel de experiencia y conocimientos que teneis vosotros. Saludos
En cuanto a esta aplicación, las Mutuas se hacen las locas, en este caso es Mutua de Accidentes de Canarias y no acepta este criterio porque en la vida laboral solo aparecen 159 días certificados y se agarran a eso para no hacer el pago directo.
De todas maneras, voy a presentar reclamación ya que en su momento pedí un informe de i.t por enfermedad comun a traves de sistema red y este me certifico que la trabajadora tenia los dias acrediatos para tener derecho a la presatacion.
La Mutua me dice que no me van a contestar al escrito y que vaya a juicio directamente, sucia treta pues esta obligados legalmente a contestarme.
Ya os contare en que acaba la cosa
07/05/2003 13:35
Yo también estoy sumamente sorprendida con la intervención de Arecida... Desconocía igual que JesusFer dich criterio interno, pero lo tendré en cuenta a partir de yá. Muchas grácias.
07/05/2003 10:54
Nunca acabamos de aprender. Todos los días nos sorprendemos por cosas que desconocemos. Sabía que para la jubilación se tenían en cuenta los días cuota pero desconocía que para I.T. se tuvieran en cuenta.
He comprobado, gracias a tu intervención que también se aplican para I.T., pero también con el criterio de sólo las dos pagas obligatorias y no las que puedan tenerse por convenio colectivo, (TS 22-12-01).
Igualmente, no se tienen en cuenta los días correspondientes al abono de la I.T. en pago directo por el INSS, al no haber obligación de cotizar. (TS 20-7-01).

Muy bien Arecida. Nos sirven a todos tus intervenciones. Muchas gracias y saludos.
Para creyes y ecodina y todos
07/05/2003 10:40
Para la prestación de incapacidad temporal se exigen 180 ( fisicos) cotizados, pero se aplica una bonificacion por el prorrateo de las pagas extras de 5 dias por mes cotizado. Por lo tanto si tienes 155 dias cotizados sumandole los 25 dias de bonificacion, hacen 180 dias y se te otorga la prestación.

Este es un criterio interno que aplica el Inss derivado de sentencias que asi lo estipulan, y si asi lo aplica el Inss, la Mutua de Accidentes tiene que hacer igual.

Saludos