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Para alquilar una finca con una casa, el contrato se hace como el de los pisos, o es diferente.

2 Comentarios
 
Para alquilar una finca con una casa, el contrato se hace como el de los pisos, o es diferente.
18/07/2010 00:01
Tengo una duda.
Se trata de alquilar una finca, con casa, todos los utensilios que se emplean para cuidar la finca, que estan depositados en el sotano. Y luego tiene arboles frutales.
Como se hace este tipo de contrato?
21/07/2010 14:42
El contrato se realiza poniendo en él lo más claro posible el acuerdo entre las partes, es decir, el objeto del contrato y las claúsulas particulares que lo rijan.
21/07/2010 15:16
hola juli,
en principio y por lo que dices (finca con casa con árboles frutales), podría tratrse de un arrendamiento rústico en lugar de uno urbano. Se rigen por leyes diferentes. Hay que ver cuál es la finalidad primordial del contrato: la vivienda o el aprovechamiento.
Hay casos que pueden ser dudosos: si alquilas un chalet en las afueras de la ciudad que tiene un jardín con cuatro manzanos, será un arrendamiento urbano. Si la finca está en terreno rústico y tiene un aprovechamiento agrícola que es la finalidad primordial del alquiler, aunque tenga una vivienda dentro estaremos hablando de arrendamiento rústico, sometido a la LAR y no a la LAU.
Suponiendo que la explotación agrícola sea lo de menos y que se busca alquilar la casa, también hay que distinguir si la finalidad es para vivienda habitual o para otro tipo (vacaciones, temporada...). Osea, teneis que definir bien el objeto del contrato y en función de eso se le aplica un régimen legal u otro (en unos casos hay duración mínima de 5 años, o limitaciones a la subida de la renta, etc., y en otros no).
un saludo