En mi opinión no debe haber ningún problema, de hecho es lo que se hace en aduanas por temas tributarios cuando la procedencia es de fuera del espacio común europeo y si no se hiciera a ver quién iba a pagar impuestos.
¿paquete postal o envio mercancia cometiendose ílicito penal?
Puede el CNP o la Guardia Civil paralizar un paquete postal sin autorización judicial que se envia por medio de una empresa privada(dhl, seur..), donde se declara que se envia ropa y accesorios, y que el destinatario abra voluntariamente el paquete en presencia de los Agentes, no se atenta contra el artículo 18 de la Contitución, o si por el contrario no hay vulneración de dicho artículo.Supuestamente en dicho paquete va ropa falsa que se envia de otros países de la C.E.E.O si por el contrario hace falta autorización judicial , tengo entendido que entrega controlada no la dan en estos casos los jueces, ya que se tratan de Delitos menores, ya que lo que se pretende es envió de ropa falsa , cometiendose ílicito penal por Delito Contra la propiedad Intelectual o si por el contrario los Agentes por demasiado celo en su trabajo incurren en ílicito penal por artículo 535 CP, creo recordar.Espero que alguien pueda aclarar en tema, ya que en el caso de Tráfico de Drogas esta la cosa clara; pero en el envió de otros material(ropa falsificada, cds piratasm,etc...)no esta tan claro.