La presentacion de la papeleta suspende el periodo de caducidad que se reanuda al dia siguiente de celebrado el acto o cuando han transcurrido quince dias habiles sin la celebracion del acto.
La acción de despido caduca a los 20 días habiles. La presenación de la papeleta de conciación interrumpe (suspende) este plazo, desde su presentación hasta la celebración del acto, o por el transcurso de quince días habiles sin que este se haya celebrado REANUDANDOSE en todo caso a partir de entonces el computo del plazo.
Es decir, desde la fecha del despido hasta la presentación de la papeleta de conciliación (ver numero de días), luego se interrumpe hasta la celebración de la conciliación o hasta que pasen quince días sin que se celebre y a partir de aqui se cuentan los días que resten hasta 20, para la presentación de la demanda.