Hola, hace un tiempo he estado por este foro haciendo preguntas y ahora estoy en pleno proceso pero han surgido inconvenientes que me tienen muy preocupada.
Según lo que me informaron acá y en los teléfonos de la embajada de España en Chile saqué el papel notarial que indica que soy soltera (para hacerme pareja de hecho) lo legalicé en los ministerios, en la embajada de España en Chile y en los Asuntos que está en Madrid.
Ocurrió que el certificado que se expende en Chile es una declaración jurada por TERCEROS y acá necesitan que sea por mí, o sea todo lo que he hecho quedó sin causa, me dijeron que puedo realizar una acá en la embajada de Bilbao, pero tienen fecha para 1 mes y un poco más... luego debo viajar a madrid a legalizarla y en ese tiempo ya habrá pasado como 2 meses desde que llegue con visa de turista que dura 3 meses.
Lo peor, llamé para preguntar cuánto tardan en el trámite de pareja de hecho y me dicen que desde 1 mes y medio a 3 meses como máximo, esto quiere decir que ya tendré vencido la visa e iré con esta vencida a pedir a policia la tarjeta comunitaria...
No sé que hacer..
Sé que para pedir 3 meses más como turista debo acreditar dinero que es bastante por día de permanencia, que no tengo tanto. Además tener alguna de las "razones" de peso para el gobierno, que ninguna es en mi caso...
Lo que hace el Consulado de Chile en España es tomar la declaración jurada de la persona chilena y deben comparecer con ella, dos personas más, que dan fe de que, en efecto, la persona chilena es soltera (los testigos pueden ser chilenos, españoles o de otras nacionalidades residentes en España). Esto lo sé, porque lo he hecho varias veces e incluso, hasta he sido testigo para el documento de la soltería de amigos chilenos en el Consulado de Chile en Barcelona. Pero tienen que constar en el documento las 3 firmas: la del interesado y la de los dos testigos.
No es necesario que viaje a Madrid. Puede enviarlo por SERVIPOSTAL (servicio de correo rápido de CORREOS), junto con un sobre prepagado, para que devuelvan. Si lo hace por SERVIPOSTAL, sale más rápido que si lo manda por correo certificado normal.
NOTA IMPORTANTE.-JAMÁS entregue documentos originales, sino copias, exhibiendo el original para que compulsen.
El plazo que tiene la Administración Autonómica o Municipal para resolver, viene indicado en su normativa; debe también indicarse el efecto del silencio administrativo, para que sepa a qué atenerse en caso de que se demoren más del plazo establecido.
Para solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, puede hacerlo teniendo caducada su autorización de estancia (el sello de admisión). Ahora bien: si desea ganar unos días más, podría irse a un viaje corto a algún país cercano, que implique cruce de frontera exterior del espacio de Schengen, por ejemplo, Marruecos o incluso, el Reino Unido o Irlanda y regresar en una semana. Eso implicará una nueva entrada en España, que la autorizará a permanecer por 90 días. Así ganaría tiempo.
Si se queda, para poder solicitar la prórroga de estancia, debe acreditar motivo legítimo, recursos económicos y billete de vuelta cerrado, con fecha anterior a la caducidad.
No olvide que para legalizar documentos en el Ministerio de Asuntos Exteriores, debe solicitar cita previa por Internet, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores: www.mae.es, apartado LEGALIZACIONES.
Puede quedarse pocos días y volver a entrar en España.