.. tengo problemas con mi inquilino "paga mal" (aunque de momento solo me debe 2 meses) ... y me consta que debe tambien recibos también de luz y agua (los superviso por internet yo)
En mi caso:
la luz la tiene a su nombre como titular ya que era gratis cambiar el nombre del titular
el agua no, el agua esta a mi nombre (valia dinero tramitar el cambio) pero en contrato se especifica que tenia que pagar por domiciliación bancaria, no obstante, pago algunos recibos por domiciliacion bancaria pero ha dejado de pagar al quitar dicha domiciliacion (debe 2 recibos... ) segun me informe al llamar los del agua si pasan 2 meses mas.. en febrero o marzo le cortaran el agua... yo, en principiom tengo claro que no se los voy a pagar aun estando a mi nombre porque estuvieron domiciliados a su cuenta y los recibe a su vivienda y es consciente de que tiene que pagarlos...
en mi caso ojala le corten el agua y se acabe largando de mi piso (lleva una temporada que paga "muy mal")
Si no le paga cuanto antes le desahucie mejor para Ud. Cuanto más espere más dinero le dejará a deber. Y no creo que le corten el agua porque ya se cuidará de pagar a la empresa cuando no tenga más remedio, pero sólo pagará eso, el agua, y la renta seguirá dejándosela a deber.
gracias leonjbr .. pero no va por ahi mi duda sino si en caso de que le cortaran el agua me pudiera el demandar ... yo considero que como él si pagó algun recibo en el pasado y además estaba domiciliado bancariamente a su numero de cuenta de banco los recibos... pues aunque yo sea el titular no me tengo que hacer cargo si el ha ido devolviendo los cargos de la compañia de agua de su cuenta ... etc... pero no se exactamente como lo entenderia un juez ...
Ya entiendo: no tiene nada que temer, puesto que en el contrato consta la obligación del inquilino de pagar el agua, por tanto si se la cortan será porque él no cumple con sus obligaciones, no porque Ud. no cumpla las suyas.
Pero ya verá como paga (sólo) el agua.
Aparte de este asunto le insisto en que debe demandarle por falta de pago cuanto antes.
Yo no soy abogado pero, la deuda del agua es suya, pues a su nombre está el contrato, por eso la empresa le reclamará a usted los gastos, no a su inquilino. Si le cortan el agua, para volver a engarcharla seguramente le salga caro, tendrá que pagar recibos atrasados, y es posible que alguna multa o algún canon a mayores. Con la luz no pues está a nombre de su inquilino, no es una deuda suya, pero ojo con que le corten la luz y para un nuevo enganche tenga que adaptar la instalación a la nueva normativa, depende de los años que tenga el piso.
Lo que debería hacer es una demanda de deshaucio y reclamacación de cantidades debidas, mensualidades y gastos repercutibles según contrato.
quiero remarcar que en el caso del agua ... aunque esté a mi nombre consta en contrato como que esta domiciliada, incluido el numero de cuenta completo iban y fotocopia de su libreta del banco de mi inquilino, ... posteriormente el decidió desdomiciliarla (devolvia los recibos del banco) ... y pago algun recibo por ventanilla.. pero ya no, de echo, he hablado con la compañia de agua y me informan que cortaran el suministro el 1 de febrero sino pagan antes ...
digo esto por si hay un cambio en cuanto a la forma que pensais que tengo que actuar...
Yo pienso que no: es que su pregunta era si podían ir contra Ud. en caso de cortar el agua, no si Ud. es el titular, si después tiene que darla de nuevo de alta o no, si patatin si patatan. No. Su pregunta inicial concreta es ¿si le cortan el agua porque no la paga, pueden ir contra mi?
Mi respuesta: no, porque la obligación de pagar la asume el inquilino por contrato. Por tanto, si el inquilino incumple sus obligaciones y como consecuencia sufre un perjuicio el único responsable será el propio inquilino.
Las demás respuestas pueden ser correctas o no, pero desde luego no vienen al caso.
Una pregunta ¿en que contrato esta la obligación de pago del recibo del agua? Si esta en el contrato de alquiler, la responsable de la deuda es usted, si esta en el contrato del agua, no se si es posible, que la obligación de pagar es del inquilino entonces le reclamaran a el.