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Pagos de ipt e it de inferior cantidad

4 Comentarios
 
27/12/2019 11:27
Hola. El INSS ,al haberte pagado todos los atrasos y al quedar sólo unos días para finalizar el año 2019, te ha contabilizado todos los atrasos de los años 2017,2018 y 2019, como renta generada el 2019. Por ello te ha aplicado un IRPF del 15 %.
Cuando cobres el mes de enero-2020, no te descontarán ningún IRPF, pues el ordenador del INSS, al calcular tu pensión del 2020, determinará que el IRPF es 0%.
Para recuperar el dinero retenido ahora del 15 %, deberás acudir a Hacienda o a un fiscalista a fin de que te hagan declaraciones de renta complementarias de los años 2017, 2018 y cuando hagas la declaración de renta del 2019 ( en abril-junio-2020) te devolverán la cantidad retenida ahora.
Saludos
23/12/2019 20:04
Gloria221
Hola. En tu caso es normal que te quede más pensión que el subsidio de baja.
No cometiste ningún error pues no podías pagar.
Cuando te venga la resolución y los números lo comentamos.
Felices Fiestas (dentro de lo que puedas).
22/12/2019 14:45
Expertolaboral
Hola Expertolaboral
Como ya comenté en anteriores meses
Yo cogí dos meses que me quedaban en el INEM...cuando coji la baja por carcinoma
Al terminar ... pasé a cobrar el 90 por ciento del IPREM
Trabajaba en una ong ,de ahí ese porcentaje
Llevo cobrando eso desde Junio del 2018
En mayo pasé el EVI y al día siguiente se inició mi expediente de incapacidad total
Recibí una carta el 13 de noviembre....contenía las bases reguladoras ,el informe del EVI y un papel de notificación de audiencia
En el me viene la cuantía de la pensión que me corresponde y me dan diez días por si quiero alegar
Abajo viene una nota escrita a máquina ...me comentan que se han cogido las bases de cotización de régimen general...debido a una deuda de autónomos ,dicen que si llevo certificado de pago me harán recálculo
Como no puedo pagar fui a informarme y me recomiendan dejar pasar los diez días y quedarme conforme con la cantidad propuesta por ellos
A día de hoy sigo sin noticias
No sé si cometí un error o debe ser así
De momento nadie me informa de nada...ni personal y por teléfono
Perdona la explicación tan larga,espero haber aclarado del por qué de lo raro de mi caso
Un saludo y gracias por estar ahí leyendo y aconsejando
Feliz Navidad y gracias por ser y por estar
Un saludo desde Pamplona
21/12/2019 12:47
Gloria221
Hola Tu caso es muy poco habitual. Lo habitual es cobrar más de baja ( el 75 % después de los 20 primeros días ) que no la pensión que es del 55 % de la base reguladora ( más el 20 % en caso de ser mayor de 55 años)
Ahora bien en tu caso, tienes derecho a cobrar la IP total desde la fecha en que pasaste revisión médica en el EVI (ICAM en Catalunya) , descontando la baja.
Saludos
Pagos de ipt e it de inferior cantidad
15/12/2019 22:17
Buenas noches foreros... quería comentar un tema por si alguien puede asesorar
Si te conceden la IPT y la cuantía es muy superior a la IT que has estado cobrando...la diferencia te la abonan con carácter retroactivo ???
Desde que iniciamos el expediente???
O me han informado mal?
Un saludo a todos
Os sigo leyendo.... aún con mi tema un poco al aire!
Gracias de antemano