Pueden reclamarte los que no estén prescritos, la cosa no es tan fácil, la prescripción se produce a los 4 años pero cualquier notificación de la administración o publicación en boletin de la provincia, interrumpe ese plazo así que enterate. De todas formas es muy raro tantos años...¿has pagado alguna vez ó es que aún no has cambiado la titularidad???
gracias por contestar, si que se pago recibos de contribución hace unos 20 años de los que tengo recibos, lo que ocurre hubo un error al renovar los planos del catastro, por una cosa u otra de dejo de paga, y ahora quiero regularizarlo todo, pero antes me gustaría saber cuanto tiempo atrás pueden pedirme, dices que tengo que mirarlo en el BOE?
Si los recibos, como dices no están emitidos, es decir, están pendientes de liquidarse, sólo podran liquidar LOS CUATRO ÚLTIMOS AÑOS.
Otra cosa es que los recibos ya estén liquidados y anden por ahí bailando de un lado para otro porque la administración no sea capaz de notiificartelo ni cobrartelo en via ejecutiva. Aquí ya estamos hablando de palabras mayores y podrán reclamarte todos los que no estén prescritos.
Por lo que has contado, quiero creer que tu situación es la primera, es así???
Lo que ocurre es que se dejaron de emitir porque al renovar los planos del catastro, se ve que desapareció mis terrenos, por error, y actualmente aparecen como no inscritos, y lo que no se si al volver a inscribirlos me reclamaran los pagos atrasados,