Me asaltan varias dudas.
Me he casado el verano de 2006.
Mi pareja y yo llevamos dos años censados en el mismo domicilio, que es de su propiedad comprado hace 5 años por unos 100000 e..
En diciembre de 2006, nos hemos comprado, una vivienda los dos, a través de una hipoteca puente, pagando solo los intereses de ambas.
Mi pareja va a vender su casa en unos 200000, y cancelará la hipoteca de la misma y el 80% del resto lo apotará para amortizar algo la segunda y el 20% que queda para reformas de la misma.
Mi pregunta es, ¿Cuanto tendremos que pagarle a hacienda, si con una parte se cancela la hipoteca nª1 y la otra parte se va a destinar a amortizar y reformar la segunda casa y habitual? . y ¿ Que tipo de declaración nos sería más factible, conjunta o separada, o si hay alguna otra formula?.
Espero no haberme enredado mucho, y muchas gracias de nuevo, es que no me desenvuelvo muy bien con estos temas.