Hola muy buenas a todos. Mi duda es la siguiente: Soy trabajador de un cooperativa de enseñanza en activo. Junto a 11 compañeros mas hemos sido invitados a formar parte de la misma. Es decir, cambiar de ser trabajador a ser socio trabajador. Mi pregunta es si podemos acogernos al PAGO UNICO, previo despido para poder acogernos a ello. Segun lo leido tenemos derecho a dicho pago pues viene recogido en la ley, pero no sabemos si incurrimos en algun tipo de fraude o no y querriamos asesoramiento. Sin más, un cordial saludo
Las actividades de autoempleo para las que se puede solicitar el pago único son:
- El inicio de una actividad como trabajador autónomo.
- La incorporación a una cooperativa, existente o de nueva creación, como socio trabajador o de
trabajo de carácter estable.
- La constitución de una sociedad laboral o la incorporación a una ya existente, como socio trabajador o de trabajo de carácter estable.
Tal y como usted comenta a falta de datos considero que no incurriria en ningun tipo de fraude.
Puede ponerse en contacto con nosotros para una mejor evaluacion de su caso en joancarlestejedor@infodret.com o a través de nuestra página web www.infodret.com
Tal y como ndica Infrodet el pago unico es legal.Lo que si va a exigir el Inem es que la cantidad que te den como pago único fe desempleo la aportes en su. Totalidad. Justificando. Saludos.