Hay que recordar la fórmula del interés CxRxT dividido por 100, si en el tiempo utilizamos años, por 1200 si utilizamos meses y 36.000 si lo hacemos con días.
C= capital (dinero adeudado)
R= redito o interés ( 10% mora)
T= tiempo de retraso en el abono (años, meses, días)
3.000 € de cantidad adeudada y abonada tres meses más tarde darían 75 € de mora, 150 € en seis meses y 300 € en un año.
Hola compañeros, tengo una pregunta urgente, y es que el lunes voy a un acto de conciliación por demanda de salarios, realmente se han pagado todos hasta la fecha de la conciliación pero no en tiempo. se que la ley dice que se aplica un 10 % anual de mora sobre el importe de los salarios.
Mi pregunta es si sabeis de que forma los puedo calcular y en que norma o jurisprudencia lo puedo ver, por que seguramente me pedirán este recargo y estoy pez. Un saludo. CReyes.