Buenas tardes.
Mi familia tiene una casa en el pueblo que era de mi abuela, cuando falleció en 2008 quedó para sus 3 hijos. El Ayuntamiento siempre ha pagado a los mayores el agua. Desde el fallecimiento, la familia ha pagado los recibos del agua, pero como la casa no estaba habitada, pues se pagaba el mínimo. Este verano, coincidió que pasaron a leer el contador estando mi madre allí y el empleado le anunció que se fuese preparando para la factura que ibamos a recibir "de años y años ¡sin leer el contador!".... y mi pregunta es:
¿Puede ser cierto y "legal" emitir una factura de esa indole? Además no podrá ser "de años y años" puesto que mi abuela solo hace 2 años de su fallecimiento y hasta entonces lo pagaba el Auntamiento... ¿cual es el límite máximo que la Compañía suministradora podría reclamarnos o exigir que le paguemos?. Muchas gracias por vuestra ayuda y consejos.
Pidan en el ayuntamiento los recibos pagados y comprueben si se pagaba también el mínimo o se incluída consumo. Si se incluye el consumo, comprueben que no tengan alguna fuga..........
Gracias Talid
En el Ayto. nos han dicho que se abonaban todas las facturas en bloque y que se pagaba todo.
Aparentemente el contador está bien y seco.
Podría ser que la Compañía, al tener ahora una lectura, nos pase la diferencia entre el mínimo ya cobrado y el consumo real que haya habido en estos dos años (alguna semana hemos estado en 2 veranos), pero no más.
Tengo entendido que los recibos hay que guardarlos durante 5 años ¿porqué? ¿quizás por ser ese el tiempo máximo que te pueden exigir un pago? Gracias por contestarme.