En los sótanos del edificio existen cocheras con comunidad independiente a la comunidad de los vecinos, pero en la escrituras se les asigna un coeficiente de participación. Ahora se han arreglado e instalado tuberias de entrada de agua que a su vez pasan por los techos de esas cocheras y que aunque las cocheras tienen su contador y acometida independiente, hay vecinos que dicen que las cocheras tienen que participar en el pago seguun su coeficiente, porque es mejora del edificio aunque no utilicen este servicio, y en contra hay vecinos que dicen que como ellos no utilizan este contador de agua, que no tienen que pagar.
Desearía me contestaran quien lleva razón, y si es posible me documentaran si existe algun artículo o ley donde lo exponga y demostrarlo ante mis vecinos.
Agradecido por su colaboración, saludos.
¿En base a qué argumentan que es mejora del edificio y no de la subcomunidad de viviendas?
Por lo que dice, tiene toda la pinta de ser una mejora exclusiva para la subcomunidad de viviendas y no para el edificio en su conjunto.
En ese caso deberian pagar sólo las viviendas.
ellos determinan que es mejora del edificio el todo lo que sea mejora de acometidas e incluso dicen que esas tuberias pasan vistas por los techos de esas cocheras y que en ese caso tambien se beneficiarian de los posibles daños que pudieran ocasionar las tuberias deterioradas.
ah, y muchas grascias por tu respuesta paquito xocolatero.
si las acometidas no son las que utilizan las cocheras, como dice, y las cocheras tienen su acometida propia, es mejora de la comunidad de viviendas, creo entender yo.
Y que pasen vistas por los garajes no veo en qué es una mejora para los garajes.
? Que pasa si las cocheras tienen comunicacion con el edificio, los ascensores y las escaleras bajan hasta las cocheras y los propietarios de algunas cocheras usan las escaleras y los ascensores¿
gracias por vuestrras respuestas, pero sigo estando hecho un lio, resulta que el administrador de nuestra cdad. que tambien lo es de las cocheras, dice que no tienen que pagar, y conozco a otros dos administradores de otras comunidades, y me dicen que si deben de pagar, que lo mismo que se paga por pintar por la fachada o arreglo de las azoteas, tambien deben de hacerlo por la mejora en las tuberias de agua, aunque no tengan acceso al portal o no tengan acceso a las azoteas, ni al contador de agua.
Pero es que no existe alguna ley en la Propiedad Horizontal que especifique claramente estos casos?
Las acometidas o bajantes del edficio constan como zonas comunes, por lo cual la comunidad de garajes debe pagar en funcion de su coeficiente.
Poca gracia me hizo, sobre todo en la forma que se porto la comunidad de las viviendas, pero nuestra comunidad de garajes tuvo que aflojarse la billetera.
he llegado a consultar con 3 administradores de fincas y uno de ellos que precisamente es el administrador de la cdad. de cocheras y tambien de la cdad de vecinos, dice que no tienen porque pagar las cocheras, pero sin embargo los otros dos administradores dicen que si deberian de contribuir en medida a su coeficiente, tengan o no tengan acceso al portal de las viviendas, y tengan o no tengan el mismo servicio de aguas que el de las viviendas, porque según estos dos administradores, esto es mejora del edificio, y asi lo expone la ley de la propiedad horizontal, en su articulo número 9
Si en los estatutos figuran como elementos comunes a la comunidad en su conjunto, son gastos de todos, lo use quien lo use.
Si no, teniendo cada una de las subcomunidades su acometida diferente, cada una debe ser responsable de la propia.
Si hay una reparación en la acometida de las cocheras ¿también pagarán las viviendas?
¿pagaban hasta ahora el mantenimiento las cocheras?
Por otro lado, no estoy de acuerdo en que sea mejora del edificio: lo es de una subcomunidad, únicamente.
Es como si ponen ascensor que no beneficia a una de las subcomunidades. Obviamente, es una mejora de la comunidad de viviendas, no del edificio (como lo sería por ejemplo en un arreglo de fachada)
¿Que quiere decir eso de "En los sótanos del edificio existen cocheras con comunidad independiente a la comunidad de los vecinos, pero en la escrituras se les asigna un coeficiente de participación"?.
1. Tengo la impresión que el sotano está inscrito como un local más de la finca.
2. Que los propietarios de ese local están organizados como Comunidad de Bienes Ordinaria, aunque no lo sepan.
3. Que ese local está sujeto a los avatares del resto de la finca, como supongo que lo estarán los diversos locales y viviendas en ella existentes.
4. Que a las Juntas de Propietarios de la Comunidad puede asistir un representante de esa Comunidad de Bienes en representación de la misma.
5. Que si no se han organizado como tal Comunidad de Bienes, la citación y resto de correspondencia les será remitida al local del que son copropietarios.
6. Que si ese local entra en mora, la deuda total le puede ser reclamada a cualquiera de ellos, como Comunidad de Bienes ordinaria que son.
Es el caso contemplado en el Artículo 15.1, párrafo segundo LPH:
"Si algún piso o local perteneciese "pro indiviso" a diferentes propietarios éstos nombrarán un representante para asistir y votar en las juntas"