1º. Los gastos de las zonas comunes hay que pagarlos por coeficientes y los que puedan ser individualizables a partes iguales, siempre que se disfruten.
PERSONALMENTE DISCREPO.
2º. Un local que no utiliza el ascensor no lo paga, no lo disfruta.
PERSONALMENTE DISCREPO.
3º. Si se quiere contratar a un administrador que no es obligatorio y puede ser por comodidad de la vecindad es a partes iguales.
Ciertamente el nombramiento de Administrador no es obligatorio. EN EL RESTO, PERSONALMENTE DISCREPO.
5º. El gasto de limpieza, luz de escalera, ascensor, extintores etc... hay que pagarlo por coeficientes ya que son zonas comunes disfrutables o necesarias.
Correcto, salvo que los estatutos digan lo contrario.
PD. Si hubiera sido una pregunta de examen en la carrera de Derecho, hubieras suspendido Luis25. De eso puedes estar seguro.
Se te han escapado algunas incorrecciones, como que un local no paga ascensor, o que unos gastos son por partes y otros por coeficientes.
Dependerá de lo que en cada comunidad diga su División Horizontal, sus Estatutos, de haberlos, y los acuerdos unánimes de la Junta de propietarios, si los hubiere.
A una pregunta tan escueta como la de Arturo, no hay que dar mas que respuestas más escuetas y generalistas.
Los gastos de las zonas comunes hay que pagarlos por coeficietes y los que puedan ser individualizables a partes iguales, siempre que se disfruten. Un local que no utiliza el ascensor no lo paga, no lo disfruta. Si se quiere contratar a un administrador que no es obligatorio y puede ser por comodidad de la vecindad es a partes iguales. El gasto de limpieza, luz de escalera, ascensor, extintores etc... hay que pagarlo por coeficientes ya que son zonas comunes disfrutables o necesarias.