Heredé un local con escritura de julio de 2014, en la que la misma notaría electrónicamente notificó al ayuntamiento la transmisión del bien. Sin embargo a día de hoy, marzo de 2019, a más de 45 años. No me han pasado liquidación alguna.
Está prescrito? Debo estar tranquila de que no era autoliquidación, y pueda venir algo aún?
En caso, de qué ya no puedan reclamarme por este concepto. Debo tomar alguna precaución o hacer algo para quedarme totalmente tranquilo por este concepto?
Muchas Gracias