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Pago periódico tras la muerte.

6 Comentarios
 
Pago periódico tras la muerte.
04/10/2023 20:51
Buenas tardes.

Estaría muy agradecido si alguien del foro me puede sugerir algo a lo que sigue.

Estoy pagando la cuota anual por el alojamiento de una página web en un servidor de Internet, y me asalta la duda acerca de cómo podría seguir pagándola, para que en el caso de un hipotético fallecimiento.

No he hecho testamento, pero tengo herederos legítimos.

¿Se puede hacer? ¿Cómo?

Un saludo y gracias.
05/10/2023 09:46
Esa clase de decisiones corresponden a sus herederos, quienes gestionarán lo necesario si quieren seguir adelante con el alojamiento web. No puede usted imponer una obligación de este tipo en el testamento, pues aunque existe el legado del pago de pensiones periódicas, el pago por un servicio no es precisamente un legado que, por su naturaleza, es gratuito. Puede si quiere aportar ese alojamiento como un activo de la masa hereditaria, pero siempre dependerá de los herederos su extinción o su mantenimiento.
07/10/2023 12:54
Grisolía
Gracias, Grisolía, por la respuesta.

Considero que sería más justo si hubiese esa obligación, al menos mientras existan fondos de la persona fallecida.
08/10/2023 13:14
Siempre que respete las porciones legítimas de sus herederos, puede adoptar las decisiones e imponer las condiciones que mejor crea.
10/10/2023 17:27
Grisolía
Ah, comprendo entonces que ese pago se puede seguir realizando con la parte que no corresponde a la legítima, que se puede dejar esa obligación concerniente a la parte de libre disposición.

Sería cosa de dejarlo así estipulado en el testamento, que la entidad bancaria continúe realizando ese pago periódico.

Muchas gracias.
10/10/2023 17:28
Puede usted poner esa condición en el testamento, pero no al banco, sino a quien herede ese tercio de libre disposición.
13/10/2023 18:27
Grisolía
Gracias.

Tengo dos cuentas, por eso lo de los distintos nombres de usuario.