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PAGO NOMINA y Prestacion IT

4 Comentarios
 
16/12/2002 08:30
Para satisfacer las prestaciones se debe estar a lo que disponga el convenio.Generalmente en los 5 primeros dias de cada mes.
Su retraso supone una falta del empresario por lo que puedes reclamar dentro del plazo de un año.
12/12/2002 12:30
Gracias Jaime.

¡Existe algun plazo máximo para satifacer las prestaciones correspondientes? Me han dicho algo sobre un mes?

10/12/2002 12:00
debes de recibir el 75% de la nómina, como incapacidad temporal hasta que seas dado de alta si la enfermedad ha sido producida durante el horario de trabajo, sino el 60% que sería lo correspodinte a enfermedad común.
10/12/2002 11:55
está claro que se está produciendo una irregularidad por parte de la empresa en la que trabajas, haced se lo saber.
Pago nomina y prestacion it
03/12/2002 18:08
Actualmente estoy de BAJA por enfermedad (infarto) a mediados de Noviembre de este año y no he recibido el abono de la Nomina, siendo costumbre en la empresa el pago en el mismo mes.
Es legal este retraso?