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pago inmueble junta de compensacion

2 Comentarios
 
Pago inmueble junta de compensacion
04/11/2015 23:52
buenas noches
soy titular de una vivienda integrada en una junta de compensación. se ha firmado el proyecto de compensación donde se entregan los terrenos sobre los que esta la casa pero no la vivienda en si que tienen que indemnizarme. una vez reclamada a la junta el pago de la vivienda me dicen que no existe obligación de pago hasta su derribo, es decir hasta que se comience la urbanización. ¿es cierto? ¿existe foma de reclamar la indemnizacion?

muchas gracias por vuestras respuestas
05/11/2015 11:19
El momento de hacer efectiva la indemnización suele establecerse en las Bases de Actuación de la Junta de Compensación.

Si eres miembro de la Junta tendrás copia de las Bases de Actuación.

06/11/2015 08:28
Añadir a lo anterior lo siguiente.

En todo caso, la satisfacción o aval de las indemnizaciones ha de ser anterior a la inscripción del Proyecto de Reparcelación aprobado en el Registro de la Propiedad.