Hace unos años herede un piso y un apartamento de una misma finca .
Ahora quiero venderlo , pero la comunidad dice que les debo casi un millon de las antiguas pts , por
derramas de unas obras que se hicieron en la fachada ( que nunca fuero terminadas ya que el constructor las dejo a medio hacer ) asi mismo por
recibos extras que se pusieron para hacer unos fondos .
yo pague algunas derramas , pero la ultima la deje de pagar porque no se termino la obra , cosa que ahora me dicen que como ellos pagaron yo tb he de hacerlo .
Les he pedido factura de todo lo que segun " ellos " han pagado , a lo cual me dicen que no tienen factura , pero como han pagado , yo tb he de hacerlo .
en fin , el caso es que para vender el piso necesito
que la comunidad me certifique que estoy al corriente de pago y ... como me niego a pagar
sin que me presenten facturan ,pues no me dan el dichoso certificado .
¿ qué puedo hacer ? , ¿ he de pagar y despues reclamar ? ... a ver si hay alguien que me pueda
guiar un poco sobre este asunto .
1. Lo primero es que Ud tiene que conocer cuales son las cuotas del piso y de la finca.
Para ello, aparte de lo que puedan decir sus escrituras de propiedad, tendrá que conocer lo que figure en el Registro de la Propiedad.
Vaya al Registro y solicite NOTA SIMPLE de la declaraciónb de Obra Nueva de la Finca.
2. La cantidad que la reclaman ya puede justificar el ir al Juzgado. Tendrá que ser prudente.
Lo del millón. ¿se lo han dicho de viva voz o se lo han escrito?
Desde luego, no es bueno lo que dice:
"yo pague algunas derramas , pero la ultima la deje de pagar porque no se termino la obra , cosa que ahora me dicen que como ellos pagaron yo tb he de hacerlo .
porque ha aceptado pagar algo, aunque habría que ver si Ud. ha reconocido.
Separe las dos cosas y seguimos comunicandonos.
Me explico. Aquí podría existir responsabilidad de los Óganos Personales de Administración de la Comunidad. Pero se va a enfrentar nol ya a "la Comunidad", se va a enfrentar al criterio general de SS de que Ud es una caradura que no quiere pagar.
Claro, eso suele ser el criterio de SS porque donde viven ellos no se atreven a hacerselas, por si las "flies", que si a ellos les ocurriese ya veríamos.
De todas las maneras, prosiga informandonos a ver que podemos recomendarla. Empiece por la primer aparte. La segunda es bastante fastidada, ya que seguramente tendrá que acudir al Juzgado.
Pero a lo mejor, puede ser ventajoso esperar a que la demanden, y entonces que justifiquen los gastos habidos.
Claro, que como Ud parece que quiere vender, lo que tiene que hacer es, sin esperar a tener comprador, pedir por REQUERIMIENTO NOTARIAL (cuesta un poquito, pero en su acso creo que es lo más conveniente) al Presidente de la Comunidad que le proporcione, con un plazo determinado (siete día), la CERTIFICACIÓN DEL ESTADO DE DEUDAS CON LA COMUNIDAD, de acuerdo con lo establecido enel Artículo 9º.1e) de la Ley de Propiedad Horizontal.
Y el que esa certificación no se corrersponda conla realidad TIENE RESPONSABILIDAD PENAL por falsedad en Documento Público. Esto último, se lo comenta en el pasillo.
hola .
he optado por requerir abte notario el certificado del estado de deuda con la comunidad . creo que asi es mejor , porque deberian de decir la verdad
de la deuda .
una cosa . una vez que que me den el certificado de la deuda , ¿ qué hago con ese documento ? , en el caso de que se corresponda con la deuda que me reclaman o porl el contrario , que no sea de la
misma cantidad .