El domicilio familiar tras el divorcio fué atribuido a mis hijo y a mi ex mujer, propiedad al 50% y pago de la hipoteca al 50%.
Mi sentencia no me obliga al pago del 50% del IBI de la vivienda porqué está en Cataluña y aquí el codigo civil catalan dice qué se ha de hacer cargo de este impuesto el usuario de la misma en caso de atribución.
Pues bien, llevo 2 años si problemas, pero ahora me llega una carta del ayuntamento donde indican que a partir de este año remitiran 2 recibos al 50% porqué existen dos titulares de la vivienda y así lo ha solicitado mi ex.
Puedo poner un recurso de reposición alegando todo esto pero por teleéfono en el ayuntamiento ya me han adelantado qué a ellos les constan 2 titulares y es licito qué uno de ellos solicite que se divida el recibo... ¿qué puedo hacer?