Estimados compañeros:
Me ha surgido un asunto, que no sé muy bien cómo enfocarlo:
Mi cliente vio un piso a través de una Agencia de la Propiedad Inmobiliaria, firmando una hoja de visita, por la que si compraba la vivienda a través de este API tenía que pagar el 1% más el IVA como honorarios por la mediación (este 1% es el uso y costumbre general de la zona).
Siguió mirando pisos con otras inmobiliarias y APIs, siendo que con una inmobiliaria (que no posee el título de API), vio la misma vivienda que con el primer API, por error (le hicieron firmar una hoja de visita con la dirección de la vivienda que iba a visitar, antes de ver la finca, con lo que no se acordaba de haberla visto). Cuando llegó a la vivienda que ya había visitado, con el de la inmobiliaria, no le dijo que la había visto. Al hablar con esta inmobiliaria sobre el precio y las condiciones de la venta, las condiciones resultaban mucho peores que con la primera, por lo que decidió comprar el piso a través del primer API que le enseñó la vivienda.
Resulta que la 2ª inmobiliaria que le había enseñado el piso, le había hecho firmar una hoja de visita en la que se hacía constar que si compraba esa vivienda tenía, durante el plazo de un año, tenía que hacerlo exclusivamente con la intervención de la citada inmobiliaria, pagando el 1% por la intermediación de ésta, y que si la compraba por otro medio (al propietario, etc...) debíar abonar un porcentaje del 6% por los daños y perjuicios.
Ni la Agencia de la Propiedad Inmobiliaria, ni la 2ª inmobiliaria tenían un contrato de exclusividad por parte de la propiedad.
Ahora demandan a mi cliente, solicitando que pague el 6% por haber comprado por otro medio la finca. Yo creo que eso es abusivo y es una manera de copar el mercado, puesto que el cliente firmó por error la 2ª hoja de visita (sin acordarse que la vivienda ya la había visitado con la primera API), y realmente con quién se formalizó la compraventa fue con la API porque es la que puso realmente de acuerdo al propietario con el comprador, en las condiciones más ventajosas para mi cliente. Lo contrario sería como decir que si uno busca un piso, tiene que apuntarse bien qué pisos ha visto y cuáles no, para no encontrarse con la sorpresa de ver la misma vivienda 5 veces y tener que pagarle honorarios a las 5 inmobiliarias que le haya enseñado la misma vivienda.
¿Qué fundamentos jurídicos veis que puedo alegar en este tema para contestar a la demanda y evitar que tenga que pagar los honorarios de la 2ª inmobiliaria y sobretodo no tener que pagar ese 6% por supuestos daños y perjuicios?