Mi pregunta es la siguiente, una vez que la entidad bancaria te reclame judicialmente una deuda de la que tiene muy pocas posibilidades de cobrar mediante subasta de bienes, pues estos tienen cargas anteriores ( a corto plazo), ¿ puedo ir ingresando cantidades a cuenta de esa deuda en el juzgado? es aconsejable o es mejor esperar a tener el total (no es mucha cantidad 8000 €. Luego el tema de las costa¿ es siempre la cantidad que te reclaman o la hora de calcularlas suele diminuir el montante?