La cuestión es que en la parrafada dice que tengo que pagar los tributos, cargas y servicios a continuación sólo se detallan sólo Gastos generales y la cantidad y habia oido que si no está detallada dicha cantidad o dicho tributo no lo he de pagar.
Se pueden cargar al inqiuilino estos gastos que comentamos, pero "para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato."
Negocia con el propietario es mi consejo. Lo cierto es que te has obligado a ese pago, y lo cierto es que nadie te ha dicho cuanto es ese pago. No hay que pasarse ni de listo, ni de tonto.
En la situación actual del mercado tu tienes que ver que te interesa, pero a primera vista te diría: que lo asuma la propiedad.
Muchas grácias por vuestros comentarios, la verdad es que mañana mismo llamaré para poder negociar porque en ningún momento dicho pago se especificó en el contrato, de haber sido así evidentemente ya no lo hubiera consentido.
Lo más provable es que tenga que pagar a un abogado para que en el caso de no llegar a un entendimiento tenga que tomar cartas en el asunto.