Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Pago de tasa de basuras y condición suspensiva en contrato de arrendamiento.

2 Comentarios
 
16/05/2017 14:32
leonjbr
Muchas gracias por tu comentario y opinión.
En referente a la resolución del contrato creo que intentaran subsanarlo como es normal y no se si llegado el momento habría argumento suficiente para rescindir el mismo o su intención de subsanar sería bastante.
Y con lo d la tasa de basura, estoy de acuerdo es algo inherente al suministro de agua el cual corresponde al inquilino por tanto no tiene ninguna lógica que separe las partes de la factura y le pase la proporción de basuras y saneamiento al propietario.
A ver que opina el resto de conpañeros.
Un saludo
16/05/2017 09:12
Maria2587
1.- Yo creo que el contrato está “resuelto”. Tienes que enviar un burofax al inquilino.
2.- Esto de la tasa lo veo yo super discutible pero el problema es que entramos en un debate de cierta complejidad y que no tiene nada que ver con los arrendamientos.
Mi opinión personal es que esa tasa corresponde al inquilino, ya que quien recibe el servicio es el inquilino, no el casero, y la prueba es que basta con darse de baja del suministro para no tener que abonarlo. Es que yo diría que la palabra “tasa” no está nada bien utilizada en este caso. Yo creo que se trata más bien de un precio público, pero la LGT y la Ley de Haciendas Locales está redactada de tal forma que en la Jurisprudencia hay un lío tremendo.
No es como el IBI que la paga siempre el casero esté o no ocupado el piso. En este caso se paga sólo si hay contrato de agua, por lo que considero que (indpendientemente de que sea o no una tasa) quien debe pagarla es el inquilino.
En esto me gustaría que otros compañeros de foro dieran su opinión porque la verdad es que no lo veo claro.
Pago de tasa de basuras y condición suspensiva en contrato de arrendamiento.
15/05/2017 20:03
Buenas tardes compañeros, soy nueva en el foro y tengo una duda acerca de un arrendamiento de una vivienda y de como proceder;
-La primera es referente al contrato de arrendamiento; se firmo en enero de 2017, es un contrato de arrendamiento con aval. En el momento de la firma el aval no podía estar presente por residir fuera y de buena fe las partes acordaron que cuando viniera lo firmaría (el aval es un familiar directo del arrendatario) añadiéndose como precaución la siguiente clausula al cto: La vigencia y validez del contrato queda supeditada a la firma de todas las partes intervinientes en el mismo: arrendador, arrendatario y fiador.
A día de hoy aún no ha firmado el aval, a mi entender esto es una condición suspensiva del contrato, ¿se podría resolver el mismo por no haberse dado? esta firma se ha requerido por cauces no formales al inquilino, ¿habría que reclamársela de modo forma para interponer una posterior demanda?
- Por otro lado la vivienda tiene contador individual de agua, y mediante el contrato de alquiler se estipula que los gastos de suministros, luz, agua y gas corren a cargo del arrendatario mientras que tributos, cargas, IBI y comunidad son a cargo del arrendador.
La parte arrendataria solicita que el arrendador pague la parte del recibo de agua correspondiente a la tasa de basura (en esta localidad se incluye en los recibos de agua dicha tasa) y el arrendatario entiende que ésta es parte del suministro del agua el cual es cuantificable de forma individual por contador y se ha negado.
Que se puede hacer porque ambas partes se hayan en un punto de bastante desacuerdo.
Un saludo y gracias por adelantado.