Muy buenas, si en un contrato de alquiler se pacta que el inquilino correrá con todos los gastos de suministros de la vivienda, poniendo su nombre los recibos correspondientes, no lo hace pero domicilia en su cuenta corriente los recibos que siguen a nombre del propietario.
¿En caso de impago, que responsabilidad tiene el propietario si cortan los suministros?
Responsabilidad por el posible corte no tiene ninguna, pero el problema consiste en que si el inquilino se va debiendo consumos, la empresa del agua o de la luz irá contra ud porque el contrato sigue a su nombre, y no podrá defenderse alegando que es culpa del inquilino.
Muchas gracias Leonjbr, entiendo que soy responsable del pago ante las compañías. He advertido al inquilino para que pague y evite corte de suministro porque yo no estoy dispuesto a pagar para restablecer el servicio, si se corta, si previamento no me abona la deuda y los coste inherentes el inquilino. ¿Puedo iniciar acciones de desahucio por el impago de estos suministros, previo al posible corte de los mismos, ya que así consta en el contrato como causa de resolución, y reclamar la deuda en la demanda?
1.- En caso de que no pague los suministros puede interponer demanda de desahucio por falta de pago.
2.- Pero hay otra opción mucho más clara y que yo creo que es la que debería ejercitar, y es simplemente interponer una demanda en virtud del art. 1124 del Código Civil, a cuyo tenor:
"La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe.
El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. TAMBIÉN PODRÁ PEDIR LA RESOLUCIÓN, AUN DESPUÉS DE HABER OPTADO POR EL CUMPLIMIENTO, CUANDO ÉSTE RESULTARE IMPOSIBLE. (...)."
El inquilino incumple una de las cláusulas del contrato (y además una de las importantes) y por tanto ud. puede resolver el contrato y desahuciarlo.
Es lo mas directo.