El ayuntamiento de Huarte (Navarra) me ha pasado aviso de que me va a cobrar la plusvalía de la vivienda que compré hace un año. En escrituras firmamos ante notario que dicho impuesto lo debe pagar el vendedor.
¿Puede el ayuntamiento ejecutar la orden?
Yo creo que este impuesto no lo han pagado nunca mis padres, o al menos yo no lo recuerdo. Me refiero al piso donde viven.Mi padre ha fallecido hace treinta y cuatro meses y mi pregunta es si tenemos que hacer algo los herederos al respecto o tenemos que esperar a que el ayuntamiento nos lo notifique. Mi madre es la primera heredera y luego estamos cuatro hijos. Muy agradecida por vuestras posibles respuestas.
Hola Errekaldea!!
Cuando se trata de una compraventa, por ley debe pagar este impuesto el vendedor, a no ser que sea una persona extranjera y no residente en España.
Gracias por vuestras respuestas.
La asociación de consumidores me dice que la ley es para todo el estado español la misma, pero que a pesar de firmar que la plusvalía le corresponde al vendedor el ayuntamiento tiene derecho a reclamársela al comprador y entonces el comprador debe pedírsela al vendedor. Me gustaría saber si es posible tener acceso a dicha ley.
Gracias.
No puede cobrarte esa plusvalía pues el sujeto pasivo es el trasmitente (Ley Reguladora de las Haciendas Locales - Art 106). Además en este impuesto no existe la derivación de la acción tributaria que existe en otros y que, cuando no paga el deudor principal, la acción deriva hacia otras personas. No es éste el caso.
Si hubiérais llegado al acuerdo de que el adquirente se comprometiera a pagar el impuesto, entonces si que la administación podría ir contra el transmitente pues no se le exonera de sus responsabilidades por pactos entre las partes que carecen de valor frente a la administración.
Por tanto la asociación de consumidores tiene parte de razón pero sería a la inversa.