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Pago de plusvalia

3 Comentarios
 
Pago de plusvalia
28/02/2008 13:25
Escrituré un piso 15 días después de que entrara en vigor la LEY 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de. la protección de los consumidores y usuarios. En la escritura aparece la típica cláusula donde todos los impuestos incluido el de Plusvalía recaen sobre el comprador. Ahora han empezado a llegar los recibos de la Agencia Tributaria para pagar la plusvalía. Casi todos los vecinos de la misma promoción tenemos esa cláusula en el contrato de compra venta y en las escrituras. Los recibos nos están llegando a nombre de los compradores.
Mi pregunta es: ¿tengo que pagarlo con la nueva Ley? ¿Cómo puedo hacer la reclamación? Mi objetivo es no tener que pagarlo y tener algún justificante que pueda enseñar a la parte vendedora que le diga que esa cláusula es nula de pleno derecho, pero no encuentro en la famosa ley la dichosa frase.
Muchas gracias, necesito ayuda urgente.
29/02/2008 08:44
En referencia a la dichosa frase, en la la exposicion de motivos VI, dice: Se refuerza, asimismo, la protección del consumidor adquirente de vivienda al precisar el carácter abusivo de las cláusulas que les trasladen gastos que corresponden al vendedor, tal es el caso de los impuestos en los que el sujeto pasivo es el vendedor, o los gastos de las conexiones a los suministros generales de la vivienda, tales como enganche del suministro de agua, alcantarillado, etc., con el fin de evitar prácticas desleales que trasladan dichos gastos al consumidor por cláusulas no negociadas.
Además en al artículo 1.14 que modifica la clausula nº 22 de la ley 26/84 «22. La imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por ley corresponda al profesional. En particular, en la compraventa de viviendas: c) La estipulación que imponga al consumidor el pago de tributos en los que el sujeto pasivo es el profesional.
Espero haberte ayudado
29/02/2008 09:46
Muchas gracias por la respuesta. ahora me surge la duda de qué hacer:
1.- Doy por nula esa cláusula en mis escrituras y a ver qué pasa.
2.- Pongo una reclamación para que se considere nula. Y si es así ¿dónde hay que ir a ponerla?
3.- Espero que el Ayuntamiento se dé por enterado y reclame el pago al vendedor y luego el vendedor que me lo reclame a mí y ya estamos "con la burra a brincos". Este caso te lo pregunto porque hay vecinos de mi promoción a los que les ha llegado un recibo de la Agencia Tributaria reclamándoles el pago del dichoso impuesto, y los recibos llegaron a nombre del comprador y no del vendedor.
La verdad, la legislación la veo clara, pero no sé qué hacer, cómo explicar al ayuntamiento que no me lo tiene que reclamar a mí, sino al vendedor, aun poniendo la dichosa cláusula en las escrituras.

Muchas gracias de nuevo por la respuesta.
05/03/2008 08:20
En caso de liquidación al comprador, mi propuesta es reclamar ante el Ayuntamiento, solicitando se liquide el impuesto al sujeto pasivo. (Mírate la ordenanza, seguro que está colgada en Internet).