Sobre el papel las deudas tributarias prescriben a los 4 años. Si está prescrita no tendría que hacer nada salvo que se lo reclamen y deba recurrir indicando la prescripción.
En el año 2012 vendí un local y no pude hacer frente al pago de la plusvalía, hoy he ido al ayuntamiento para ver si puedo fraccionar y una funcionaria conocida me ha dejado caer que puede prescribir, de ser eso cierto como debería proceder? Mi intención era fraccionar el pago pero de 9000€ a 140000€ con los intereses me ha parecido abusivo y si está prescrita pues me gustaría saber qué pasos debería dar.