Hola, querría sabes si la empresa está obligada a pagar a un trabajador que está de vacaciones el plus de nocturnidad que cobra cuando está trabajando. Y lo mismo para el plus por trabajar un domingo.
Gracias
En circunstancias normales, entiendo que no se le deben pagar esos pluses, ya que éste solo corresponde al tiempo efectivo de trabajo nocturno, o de trabajo en domingo
Creo recordar que hay montones de sentencias que dicen lo contrario.Vienen a decir :"el espíritu del convenio 132 de la oit, el trabajador no debe ver mermados los ingresos que percibia por su jornada normal de trabajo"
sueldo convenio incluido
plus de vinculacion incluido
mejora voluntaria incluido
nocturnidad incluido
penosidad incluido
Muy buenas.
Resulta que, desde el Comité de Empresa, se exige el pago de los pluses habituales que componen la nómina, en aplicación de la STS 1622/2019, en los días de vacaciones.
La sentencia es de abril y no sé si podemos exigirlo para todo el periodo de 2019.
Mi pregunta es si la empresa esta obligada a pagar esos pluses por los días de vacaciones disfrutados por cada trabajador aunque nunca se le había exigido antes.
Muchas gracias, muy amables.
Muchas gracias Luisconrad. El caso es que la dirección de la empresa se niega argumentando que "el supuesto comtemplado por la precitada sentencia (STS 1622/2019) no es trasladable a nuestra empresa"
La cuestión es ¿qué debemos hacer ahora?.