Hola, acabo de empezar como abogada... a mi cliente le han condenado al pago de una pena de multa y me ha llegado a mi la notificación en relación al número de cuenta donde lo tiene que abonar.. etc. Sin embargo llamó al juzgado y me dicen que antes de hacer el ingreso tiene que ser citado en el juzgado y allí le darán las instrucciones. Si no paga entra el art 53 entonces no se muy bien que hacer, si esperar a que sea citado o que haga el ingreso directamente ya...