se trata de una infracción de tráfico por exceso de velocidad con radar, se identifica al conductor... la pregunta es:
¿Hay obligación de notificación de dicha denucia o por el contrario ya cuenta el plazo de alegaciones o de pronto pago?
esperando la notificación lo que se recibe es notificación con el 20% de recargo...gracias por vuestra aclaración