Ante una subrogación cualquier reclamación debe hacerse a ambas empresas, entrante y saliente, ya que durante 3 años ambas empresas son responsables solidarias, (Estatuto de los trabajadores art 44 sobre sucesión de empresas).
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Pago de liquidacion por subrogacion despues de venta de unidad productiva
Pasamos subrogados a una nueva empresa con diferente NIF y direccion de centro de trabajo, despues de que la empresa donde trabajamos, vendiera la unidad productiva a la nueva empresa, haciendose cargo la nueva empresa del personal y material de la antigua empresa..
A raiz de ello, fuimos incorporados a la nueva empresa, firmando poreviamente el docum,ento de subrogacion, donde se indica las conciciones , por las cuales nos mantienen la antiguedad, categoria, salario, turno etc...
Pero la empresa en la que hemos cesado, no a incluido en el abono de la liquidacion, el importe por el exceso de Horas trabajadas, ni la parte proporcional de las vacaciones, simplemente abono, la parte proporcional de Navidad, ya que la de Verano la acabamos de cobrar.
Nos indican en RRHH, que el exceso de Horas y dias de vacaciones acumulados, pasan a la nueva empresa, lo cual no esta reflejado en ninguna documentacion firmada..
¿¿En estos casos, quien tiene que hacerse cargo de pagar el excedente de horas y Vacaciones ??